Decreto 73/1998

Fecha de disposición27 Enero 1998
Fecha de publicación27 Enero 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta28823

Decreto 73/98 del 22/01/98 ENERGIA ELECTRICA Decreto 73/98 Convalídase el Convenio suscripto entre la es Secretaría de Energía, Agua y Energía Eléctrica S.E., hoy en liquidación, y Provincia de Río Negro, por el que se acuerda la transferencia sin cargo a jurisdicción provincial de todos los bienes muebles, inmuebles, servicio y personal afectados a la Central Térmica de Sierra Grande. Bs. As., 22/1/98 B.O.: 27/1/98 VISTO el Expediente N° 760.014/94 del Registro de la ex SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y el Decreto N° 942 del 4 de octubre de 1989, y CONSIDERANDO: Que se encuentra en pleno desarrollo el proceso de transformación del Sector Eléctrico Nacional, en gestión armónica con los objetivos de transformación del ESTADO NACIONAL impulsados con la sanción de las leyes Nros. 23.696 y 24.065. Que asimismo ello concuerda con el objetivo planteado por la Ley N° 18.586 en cuánto que es voluntad del GOBIERNO NACIONAL, a través de sus distintas administraciones, el transferir sin cargo a los ESTADOS PROVINCIALES los organismos y funciones nacionales existentes en los territorios provinciales. Que AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO, hoy en liquidación, ha privatizado distintas unidades de negocio, y transferido unidades funciónales a las distintas provincias, según las disposiciones legales. Que en dicho marco la ex SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la PROVINCIA DE RIO NEGRO, con fecha 26 de marzo de 1993, suscribieron un Convenio por el que se acuerda la transferencia sin cargo a jurisdicción provincial de todos los bienes muebles, inmuebles, servicios y personal afectados a la Central Térmica de SIERRA GRANDE con sus instalaciones; la Estación Transformadora en CIENTO TREINTA Y DOS y TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (132 y 13.2 kV) contigua a la Central; la línea en CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) desde la misma hasta el Puerto de PUNTA COLORADA y la Estación Transformadora allí existente, todo ello situado dentro del territorio de la PROVINCIA DE RIO NEGRO. Que con fecha 11 de marzo de 1994 las partes suscribieron un Acta de Transferencia y Posesión Provisoria de todo lo que compone esa unidad funcional, y donde la Provincia asume plena responsabilidad operativa y economice a partir del 14 de marzo de 1994. Que cumplimentando lo anteriormente convenido, se formalizo la transferencia de las instalaciones y personal afectados a la...

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