Decreto 16/1998

Fecha de disposición09 Enero 1998
Fecha de publicación09 Enero 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta28811

Decreto 16/98 del 6/1/98 Ir a la Estructura organizativa actual (dto. 197/2000)

ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

Decreto 16/98

Apruébase la estructura organizativa del citado organismo autárquico en jurisdicción de la Secretaría de Transporte.

Bs. As., 6/1/98

B.O.: 09/01/98

VISTO el Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 1467 de fecha 30 de diciembre de 1997, lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° de la norma citada en primer término se procedió al llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para el otorgamiento de la concesión de la explotación, administración y funcionamiento del conjunto de aeropuertos que se detallan en el Anexo I de la misma norma.

Que por el Artículo 13 del mismo decreto se constituyó el Sistema Nacional de Aeropuertos, mientras que por el Artículo 14 se creó, en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, dentro de la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - ex- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE- el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, el que goza de autarquía y posee plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado.

Que en oportunidad del dictado del Decreto N° 756 del 11 de agosto de 1997, se estableció taxativamente que dicho organismo revistaría en jurisdicción de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, la que se incorporó a la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS por dicha norma.

Que por el Artículo 14 del Decreto N° 375 del 24 de abril de 1997, se establecieron los principios y objetivos a los que deberá ajustar su accionar el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, mientras que mediante el Artículo 17 de la misma norma se determinaron las funciones a cumplir por éste.

Que por consiguiente corresponde proceder a la aprobación de la estructura organizativa de la referida entidad, para permitir el desarrollo de las competencias aludidas en los Considerandos precedentes.

Que por el Decreto N° 1467 del 30 de diciembre de 1997 se procedió a designar a miembros del Directorio del organismo.

Que se estima aconsejable que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL de AEROPUERTOS, actúe en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, para lo cual debe modificarse la parte pertinente del Decreto N° 756 del 11 de agosto de 1997.

Que respecto a la participación de los usuarios en la regulación de los servicios públicos la CONSTITUCION NACIONAL en su Artículo 42 establece en su último párrafo: "La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control", en consecuencia se propone crear dentro de la estructura del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS un Consejo Asesor, el cual estará integrado por representantes de asociaciones de usuarios, de las compañías de aeronavegación, de la FUERZA AEREA ARGENTINA, de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION y representantes de las Provincias y Municipios.

El citado Consejo participará en el análisis de antecedentes correspondientes a las tareas del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS cuando se desarrollen proyectos y trabajos en los cuales se encuentren comprometidos sus intereses y derechos.

Que la presente medida se dicta conforme los lineamientos del Decreto N° 1545 del 31 de agosto de 1994, reglamentado por la Resolución de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, N° 422 del 13 de septiembre de 1994.

Que el Servicio Jurídico del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la pertinente intervención, expidiéndose favorablemente.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para el dictado de la presente medida, en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, Inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

Modificase la dependencia jerárquica establecida por el Decreto N° 756 del 11 de agosto de 1997 - Planilla Anexa al Artículo 5°- en lo concerniente al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, el que actuará en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 2°

Apruébase la estructura organizativa del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, organismo autárquico en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS...

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