Decreto 373/1995

Fecha de disposición25 Agosto 1995
Fecha de publicación25 Agosto 1995
SecciónDecretos
Número de Gaceta28214

Decreto Nacional 373/95 DEUDA PUBLICA

Decreto 373/95

Facúltase al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos a emitir Títulos de deuda pública denominados "Letras Externas a Mediano Plazo en Marcos Alemanes".

Bs. As., 23/8/95

VISTO el Expediente Nº080-005390/95 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Ley Nº24.156, y

CONSIDERANDO:

Que la REPUBLICA ARGENTINA ha efectuado en los últimos CUATRO (4) años colocaciones en los mercados financieros internacionales.

Que dichas colocaciones en los mercados financieros internacionales han implicado una ampliación de la base inversora y han establecido nuevas referencias para colocaciones del sector privado.

Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha recibido distintas propuestas de financiación, y que las mismas reflejan un costo menor para el Tesoro Nacional respecto del implícito en la cotización actual de la gran mayoría de los títulos públicos.

Que ello ha sido producto de la disciplina fiscal observada en los últimos años.

Que en las actuales circunstancias financieras resulta conveniente que el Gobierno Nacional contraiga un empréstito y que con el producido del mismo se recompre deuda pública. Ello permitirá no sólo reducir la deuda y/o su servicio, que es el objetivo a satisfacer de acuerdo con el artículo 65 de la Ley Nº24.156, sino también inyectar fondos en el circuito económico que permitan aumentar el crédito disponible para financiar la actividad productiva y al mismo tiempo producir una baja en las tasas de interés local con beneficiosos efectos para el nivel de actividad de la economía.

Que resulta conveniente abrir la posibilidad de efectuar operaciones financieras de productos derivados conforme a las prácticas de mercado para un mejor manejo de los riesgos financieros del pasivo resultante de la colocación.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado a someter a eventuales controversias con personas extranjeras en tribunales no argentinos conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O. 1995).

Que el artículo 36 bis de la Ley Nº 23.576 y sus modificaciones, como también la Ley Nº 23.966 con la modificación introducida mediante Ley Nº 24.468, establecen el tratamiento impositivo a aplicar a los instrumentos crediticios que revistan la característica de títulos públicos.

Que mediante el...

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