Decreto 1008/1995

Fecha de disposición20 Julio 1995
Fecha de publicación20 Julio 1995
SecciónDecretos
Número de Gaceta28189

Decreto Nacional 1 INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL

Decreto 1.008/95

Apruébase la estructura organizativa del mismo.

VISTO el Expediente Nº 1238/93 del registro del INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y lo dispuesto en los Decretos Nº 2266 de fecha 29 de octubre de 1991; Nº 2284 de fecha 31 de octubre de 1991; Nº 2488 de fecha 26 de noviembre de 1991; Nº 1172 de fecha 10 de julio de 1992; Nº 971 de fecha 6 de mayo de 1993; Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994; Nº 2194 de fecha 13 de diciembre de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en el primero de los actos nombrados se creó el INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, a través de la fusión de la DIRECCION NACIONAL DE PRODUCCION Y COMERCIALIZACION AGRICOLA y el SERVICIO NACIONAL DE MICROBIOLOGIA Y QUIMICA AGRICOLA, aprobándose en esa oportunidad la estructura organizativa respectiva que respondía a las funciones y plantas de personal emergentes de las dependencias disueltas.

Que asimismo por los Decretos Nº 2488 de fecha 26 de noviembre de 1991 y Nº 1172 de fecha 10 de julio de 1992 se transfirieron al INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL las funciones de fiscalización y control de calidad de granos, sus productos y subproductos que oportunamente detentaba la ex-JUNTA NACIONAL DE GRANOS.

Que mediante el artículo 44 de Decreto Nº 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 se faculta al INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL a incorporar al personal de los organismos disueltos por dicho acto y cuyas funciones le fueron adjudicadas.

Que la transferencia del personal de la ex-JUNTA NACIONAL DE GRANOS afectado a estas tareas, el que debe ser incluido en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991, se realizó mediante Resoluciones de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Nº 77 del 20 de febrero de 1992 y Nº 1372 del 23 de diciembre de 1992, habiendo sido incorporado al Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Nacional aprobado por Decreto Nº 1428 del 22 de febrero de 1973 por Resolución del INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL Nº 21 del 26 de febrero de 1993.

Que la modificación de estructura propiciada se encuentra fundamentada en el marco de la Ley Nº 24.447 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional, para el ejercicio 1995, considerando que el INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL es ente de control y de regulación y no se origina incremento de cargos.

Que a fin de regularizar la situación expuesta resulta imprescindible modificar la estructura organizativa aprobada por Decreto Nº 2266 de fecha 29 de octubre de 1991, adecuándola a la realidad funcional que permita el mejor logro de los objetivos impuestos al INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL.

Que además, deben incorporarse a la estructura organizativa las aperturas de nivel Dirección, determinando las acciones pertinentes y la dotación correspondiente.

Que asimismo se ha incorporado a la estructura organizativa la Unidad de Auditoría Interna, conforme las disposiciones del Decreto Nº 971 de fecha 6 de mayo de 1993, incluyendo la integración de la dotación de la Unidad, de acuerdo con la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL y MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 076 de fecha 19 de abril de 1994.

Que en el marco del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, el INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, ha formulado su estructura organizativa encarando un conjunto de medidas destinadas a dotar de mayor racionalidad y agilidad de gestión con los recursos con que cuenta.

Que asimismo, se ha tenido en consideración dicho decreto para las aperturas mínimas necesarias para su funcionamiento.

Que por el Decreto Nº 2194 de fecha 13 de diciembre de 1994, se crea el SISTEMA NACIONAL DE CONTROL DE ALIMENTOS, siendo el INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL miembro de la COMISION NACIONAL DE ALIMENTOS.

Que asimismo, en los artículos 15, 16 y 17 de dicho decreto, se le confiere al INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, la responsabilidad de ejecutar la política que dicte el Gobierno Nacional en materia de sanidad y calidad vegetal, y asegurar el Código Alimentario Argentino para aquellos productos que estén bajo su exclusiva competencia.

Que por el Decreto Nº 2194 del 13 de diciembre de 1994, el INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, deberá formular y recibir las denuncias sobre las violaciones al Código Alimentario Argentino y aplicar las sanciones correspondientes, debiendo publicar las mismas en medios de comunicación masiva de circulación nacional.

Que el COMITE EJECUTIVO DE CONTRALOR DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA (C.E.C.R.A.) ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo, se han incluido las consideraciones provenientes de la intervención de la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO.

Que la medida propuesta encuadra en las facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1) y 100, inciso 1) y la Disposición transitoria DUODECIMA de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase la estructura organizativa del INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de acuerdo con el Organigrama, Objetivos, Acciones y Cargos (Planta Permanente, Planta no Permanente de Personal Transitorio y Dotación Global), que como ANEXOS I, II, IIIa, IIIb y IIIc forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2º

Dase por aprobada la Planta no Permanente de Personal Transitorio correspondiente al ejercicio 1995, que como ANEXOS IIIb y IIIc, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 3º

Modifícase la distribución administrativa del Presupuesto de la Administración Nacional - Recursos Humanos, aprobada para el Ejercicio 1995, de acuerdo con la planilla detallada en el ANEXO IIIc, que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 4º

Sustitúyense los incisos a) y b) del artículo 6º del Decreto Nº 2266 del 29 de octubre de 1991 por los siguientes:

"

  1. Elaborar y aprobar las normas técnicas necesarias para implementar las políticas de sanidad y calidad vegetal que deben regir la producción, el acopio, el acondicionamiento, el empaque, el depósito, el tratamiento, el transporte y la comercialización de los productos mencionados en el artículo 5º del presente decreto.

  2. Elaborar y aprobar las normas técnicas necesarias para implementar las políticas de calidad de los principios activos y productos agroquímicos y biológicos utilizados para la producción y comercialización agrícola y el control de plagas, autorizando o prohibiendo su importación, producción, comercialización y/o utilización, fijando los niveles de residuos y contaminantes y estableciendo las tolerancias sobre los productos mencionados en el artículo 5º del presente decreto".

Art. 5º

Sustitúyese el artículo 7º del Decreto Nº 2266 de fecha 29 de octubre de 1991, modificado por el artículo 2º del Decreto Nº 1172 de fecha 10 de julio de 1992, por el siguiente:

"Artículo 7º - La administración y dirección del INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL estarán a cargo de UN (1) Presidente que será secundado por CINCO (5) miembros representantes de las provincias adheridas al SISTEMA ARGENTINO DE CONTROL DE SANIDAD Y CALIDAD DE VEGETALES, los que conformarán el CONSEJO CONSULTIVO. El Presidente y los representantes provinciales serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.

El CONSEJO FEDERAL AGROPECUARIO elevará al Secretario de Agricultura...

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