Decreto 1161/1994

Fecha de disposición21 Julio 1994
Fecha de publicación21 Julio 1994
SecciónDecretos
Número de Gaceta27937

INFOLEG DEUDA PUBLICA

Decreto 1161/94

Autorízase al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos a implementar la emisión de títulos de deuda pública.

Bs. As., 15/7/94

VISTO el Expediente Nº 001-001389/94 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que las colocaciones realizadas en los mercados financieros internacionales durante los dos últimos años han implicado una reducción en el costo de financiamiento del TESORO NACIONAL.

Que en una primera etapa esas colocaciones se efectuaron en los mercados internacionales, para luego adquirir carácter global con la participación del mercado local.

Que la colocación de un Bono Externo global de la República Argentina, simultáneamente en el país y en el exterior, ha tenido un efecto beneficioso para el Tesoro Nacional y la economía del país en general.

Que resulta favorable continuar realizando colocaciones simultáneas en el país y en el exterior.

Que se entiende conveniente abrir la posibilidad de acceder en los próximos dos años al mercado doméstico de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA por un valor nominal de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL MILLONES (VN. U$S 2.000.000.000).

Que en tal sentido la registración de obligaciones de la REPUBLICA ARGENTINA ante la "Securities and Exchange Commission" de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA permitirá acceder ágilmente a calificados inversores del mercado doméstico norteamericano y posibilitará globalizar estos instrumentos.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado a someter a eventuales controversias con personas extranjeras en tribunales no argentinos conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto texto ordenado de 1993.

Que el artículo 36 bis de la Ley Nº 23.576 y sus modificaciones establece el tratamiento impositivo a aplicar a los instrumentos crediticios que revistan la característica de títulos públicos.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para autorizar operaciones de endeudamiento externo para el corriente ejercicio fiscal, de conformidad con el artículo 9º de la Ley Nº 24.307.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Autorízase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a implementar la emisión de títulos de deuda pública cuyo importe no supere la cifra de valor nominal...

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