Decreto 838/1994

Fecha de disposición31 Mayo 1994
Fecha de publicación31 Mayo 1994
SecciónDecretos
Número de Gaceta27902

Decreto Nacional 838/94 ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 838/94

Fíjase el Sueldo Básico de las autoridades Superiores del Poder Ejecutivo Nacional.

Bs.As., 27/5/94

Visto lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº 503 del 25 de marzo de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que por dicho artículo se fijaron las remuneraciones de las Autoridades Superiores del PODER EJECUTIVO NACIONAL, a partir del 1º de marzo de 1991, que a la fecha resultan vigentes para tales funcionarios.

Que a través de distintas normativas se han autorizado incrementos salariales sectoriales y fundamentalmente, mediante el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991, sus modificatorios y complementarios se ha instaurado el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA) que estableció un nuevo ordenamiento escalafonario para el personal que se encontraba comprendido en el Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública nacional aprobado por el Decreto Nº 1.428/73

Que, asimismo, en la necesidad de jerarquizar las funciones gravitantes de la Administración Pública Nacional, se ha instaurado el régimen de Cargos con funciones ejecutivas en la órbita del SINAPA, como así también, el régimen de Funciones Directivas para las máximas autoridades de los Organismos del Estado.

Que en virtud de todo ello se hace imprescindible contemplar la actualización de las remuneraciones de las Autoridades Superiores del PODER EJECUTIVO NACIONAL, a los efectos que las mismas sean consecuentes con un ordenamiento jerárquico razonable.

Que al mismo tiempo, y con iguales argumentos es dable adecuar los niveles de valorización de los Asesores de Gabinete y del personal afectado a las Subunidades de Secretaría Privada.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 86, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Fíjase, en los importes que se indican en el Anexo I, que forma parte integrante del presente decreto, el Sueldo Básico de las Autoridades Superiores del PODER EJECUTIVO NACIONAL, el que tendrá el carácter de remuneración total.

Art. 2º

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