Decreto 1087/1993

Fecha de disposición28 Mayo 1993
Fecha de publicación28 Mayo 1993
SecciónDecretos
Número de Gaceta27648

INFOLEG TITULOS VALORES

Decreto 1087/93

Establécese que las personas comprendidas en el artículo 1º de la Ley Nº 23.576 que pueden ser consideradas pequeñas y medianas empresas en los términos de la Resolución ex-ME Nº 401/89, serán automáticamente autorizadas a hacer oferta pública de títulos valores representativos de deuda previo registro ante la Comisión Nacional de Valores.

Bs. As., 24/5/93

VISTO el Expte. Nº 301/93 del registro de la COMISION NACIONAL DE VALORES rotulado "Reducción de costos de financiamiento de la pequeña y mediana empresa - Autorización de oferta pública"; y

CONSIDERANDO:

Que el favorable desarrollo de las condiciones del mercado de capitales desde la vigencia de la Ley 23.962 ha permitido una significativa reducción del costo financiero de muchas empresas de gran envergadura mediante la colocación de obligaciones negociables sujetas al régimen de la Ley 23.576 entre el público inversor local e internacional.

Que en el artículo 37 de la Ley 23.576, modificado por la Ley 23.962, el legislador ha propiciado la conveniencia de facilitar el uso de herramientas de financiación propias del mercado de capitales a la pequeña y mediana empresa.

Que el elevado costo de fuentes habitualmente disponibles, para la satisfacción de las necesidades financieras de las pequeñas y medianas empresas, torna aconsejable facilitarles el acceso al mercado de capitales mediante la colocación de títulos valores representativos de deuda.

Que la Ley 17.811 impone el previo requisito de la autorización por parte de la COMISION NACIONAL DE VALORES para toda oferta pública de títulos valores privados.

Que los artículos 40 y 41 de la Ley de Emergencia Económica autorizan a liberalizar las condiciones de emisión de los títulos valores, a través del dictado de las normas necesarias para afianzar el mercado de capitales.

Que en el caso de las emisoras de pequeña o mediana envergadura, los requisitos administrativos y de información propios del régimen de oferta pública, pueden llegar a contrarrestar el menor costo financiero de este tipo de financiamiento a través de títulos de deuda.

Que el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, al modificar las disposiciones de la Ley 23.576 ha reconocido la conveniencia de imponer un régimen especial para los títulos de deuda de las pequeñas y medianas empresas.

Que los...

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