Decreto 1027/1993

Fecha de disposición24 Mayo 1993
Fecha de publicación24 Mayo 1993
SecciónDecretos
Número de Gaceta27645

DECRETO Nº 1027/93 del 18/05/93 DECRETO Nº 1027/93 Bs. As. 18/05/93 BANCO NACIONAL DE DESARROLLO -DISOLUCION-LIQUIDACION-PATRIMONIO- SECRETARIA DE HACIENDA-BANCO NACION VISTO lo dispuesto por las Leyes Nos. 21.629, 23.696, 24.144, 24.155 y por los Decretos Nos. 435 el 4 de marzo de 1990, 866 del 4 de mayo de 1990, 2514 del 17 de noviembre de 1991 y 1504 del 21 de agosto de 1992, y la Resolución del Directorio del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA N. 171 del 23 de abril de 1992, y CONSIDERANDO Que en el marco de la Ley N.23.696 de Emergencia Administrativa y Reestructuración del Estado, el Decreto N.2514 del 27 de noviembre de 1991 declaró al BANCO NACIONAL DE DESARROLLO Sujeto a privatización. Que al comprobar el estado de liquidez y desequilibrio del BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, el Directorio del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA por Resolución N.171 de fecha 23 de abril de 1992 declaró en estado de consolidación a dicho Banco en los términos y con los alcances previstos por la ley N. 22.529. Que el Decreto N.1504 de fecha 21 de agosto de 1992 resolvió la fusión por absorción del BANCO NACIONAL DE DESARROLLO con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA como la forma más eficiente de alcanzar la consolidación establecida por la Resolución N.171 del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y los fines de reestructuración y reorganización perseguidos por el Decreto Nº 2514/91. Que la fusión por absorción dispuesta por el Decreto N.1504/92 suponía la transferencia al BANCO DE LA NACION ARGENTINA de activos y pasivos del BANCO NACIONAL DE DESARROLLO a la entidad fusionada, de valor equivalente y la segregación del patrimonio del BANCO NACIONAL DE DESARROLLO de los activos y pasivos que no se transfieran al BANCO DE LA NACION ARGENTINA a efectos de constituir con estos últimos un patrimonio de afectación en los términos del Artículo 25, inc. e) de la Ley N.22.529 que autorizaba al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a excluir del patrimonio de entidades financieras declaradas en estado de consolidación determinados activos y pasivos. Que el Artículo 12 de la Ley Nº 24.144 de fecha 30 de septiembre de 1992, al derogar la Ley N.22.529 privó de sustento jurídico y de posibilidad de cumplimiento práctico al Decreto N.1504/92, toda vez que suprimió las facultades del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA de asistir la consolidación de entidades financieras por vía de fusión por absorción mediante la segregación...

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