Decreto 582/1993

Fecha de disposición07 Abril 1993
Fecha de publicación07 Abril 1993
SecciónDecretos
Número de Gaceta27614

Infolrg FUERZAS DE SEGURIDAD

Decreto 582/93

Modificación del Decreto Nº 1866/83.

Bs. As., 1/4/93

VISTO, el expediente nº 106-06-000042-93 originado en la sede de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, propiciando la modificación del Artículo 841 del Decreto 1866 de fecha 11/08/83, y

CONSIDERANDO:

Que, existe una impostergable necesidad de lograr un inmediato, real y efectivo incremento de los recursos de la Obra Social de la Policía Federal Argentina, cuya misión consiste en propender al bienestar moral y material de sus afiliados mediante la prestación de servicios sociales y asistenciales.

Que, según el artículo 841 del Decreto 1866 de fecha 11/08/83, la Superintendencia de BIENESTAR, tiene como únicos medios económicos para cumplir su cometido, los que obtiene del aporte de sus afiliados -establecido por el Decreto mencionado y el Decreto 633 de fecha 11/04/90-, como así también, por la contribución estatal que fija el Decreto 610 de fecha 20/02/76, ambos, calculados en base a porcentajes aplicables sobre los haberes que aquéllos perciben.

Que la creciente demanda de los servicios asistenciales y la insuficiencia de los recursos establecidos por las normas citadas (3 % a cargo de los afiliados y el 4.5 % en concepto de aporte estatal) impusieron elevar el aporte, teniendo en cuenta que los egresos superaban a los ingresos.

Que tal situación, intentó superarse mediante un sistema de aportes voluntarios por parte de los afiliados, lo que a la fecha y debido a la negativa de algunos, no ha permitido solucionar el problema.

Que ello hace crecer paulatinamente e invariablemente, una alarma concreta respecto de la real posibilidad de poder seguir brindando al afiliado, en un futuro inmediato, prestaciones y servicios médicos como en la actualidad.

Que se impone la necesidad de buscar procedimientos sustitutos al sistema de aportes voluntarios, para paliar la crítica situación de la Obra Social de la Policía Federal Argentina, ya que el mismo no arrojó en términos sustanciales los resultados que se esperaba obtener al momento de su determinación.

Que, en ese mismo orden de ideas, mantener un sistema de aportes voluntarios, donde deben admitirse excepciones por la negativa de algunos, significaría en los hechos aceptar un tratamiento dispar para con aquellos que han decidido aportar tal refuerzo, ya que de por sí la no conveniencia de establecer diferentes categorías...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR