Decreto 1594/1992
Fecha de disposición | 10 Septiembre 1992 |
Fecha de publicación | 10 Septiembre 1992 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 27469 |
INFOLEG MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 1594/92
Introdúcense modificaciones en la nómina de Secretarías y Subsecretarías.
Bs. As., 31/8/92
VISTO lo establecido por los Decretos Nros. 2060/91, 2632/91, 2687/91, 2694/91, 534/92, 808/92, 817/92, 958/92, 1100/92, y
CONSIDERANDO:
Que por las normas citadas se introdujeron modificaciones en la organización del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que resulta necesario adecuar dicha organización con el propósito de fortalecer el proceso de transformación de la economía.
Que el COMITE EJECUTIVO DE CONTRALOR DE LA REFORMA ADMINISTRA ha tomado la intervención que le compete expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Artículo 86, Inciso 1 de la Constitución Nacional y el Artículo 8 de la Ley de Ministerios (t. o. 1992).
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Establécese la nómina de secretarías y subsecretarías del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos la que quedará conformada del siguiente modo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
I - SECRETARIA DE ECONOMIA.
SUBSECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA.
SUBSECRETARIA DE ECONOMIA LABORAL Y SOCIAL
SUBSECRETARIA DE DESREGULACION Y REESTRUCTURACION PRODUCTIVA
SUBSECRETARIA DE PRIVATIZACIONES
II - SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
SUBSECRETARIA DE ESTUDIOS ECONOMICOS
III - SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
SUBSECRETARIA DE RELACIONES FISCALES Y ECONOMICAS CON LAS PROVINCIAS
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO
SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE BIENES
IV - SECRETARIA DE INGRESOS PúBLICOS
SUBSECRETARíA DE INGRESOS PUBLICOS
V - SECRETARíA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SUBSECRETARIA DE ECONOMIA AGROPECUARIA
SUBSECRETARIA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y MERCADOS
SUBSECRETARIA DE PESCA
VI - SECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
VII - SECRETARIA DE MINERIA
SUBSECRETARIA DE MINERIA
VIII - SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA
SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
IX - SECRETARIA DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEREO, FLUVIAL Y MARITIMO
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
SUBSECRETARíA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
X - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE COMUNICACIONES
XI - SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA LEGAL
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
XII - SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
Apruébase con carácter provisional los objetivos de las secretarías y subsecretarías mencionadas en el artículo 1º del presente decreto de acuerdo con el detalle que como anexo I se acompaña.
Modifícase la organización funcional vigente para el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la que quedará conformada de acuerdo con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.
Establécese que la distribución por cargos y horas de cátedra actualmente vigentes en las jurisdicciones afectadas por el presente acto, mantendrán dicha condición hasta tanto se aprueben sus respectivas estructuras organizativas.
Facúltase al MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS para distribuir transitoriamente y hasta tanto se aprueben las estructuras organizativas definitivas, al personal que actualmente presta servicios en las jurisdicciones afectadas por el presente decreto.
Créase en la SECRETARIA DE ECONOMIA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS un (1) cargo nivel A, el que será afectado a la Dirección Nacional de Control Societario dependiente de la Subsecretaría de Privatizaciones.
Modifícase la distribución por cargos y horas de cátedra de la jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en la parte correspondiente a la Secretaría de Economía de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.
Créase en jurisdicción de la Secretaría de Economía del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la Comisión Asesora de Asuntos Financieros.
La Comisión Asesora que se crea por el artículo precedente tendrá como responsabilidad coordinar el análisis y efectuar la propuesta de alternativas para el diseño de la política del sector financiero, en función de las políticas de apertura externa y desregulación, como así también la gestión, fiscalización y seguimiento de la privatización de la Caja Nacional de Ahorro y Seguro y la Casa de Moneda S. E., a tal fin coordinará su accionar con las distintas áreas con competencia en la materia.
E., transfiriendo a partir de dicha fecha los antecedentes, documentos e información correspondiente a la Secretaría de Economía.
ANEXO I
I - SECRETARIA DE ECONOMIA
OBJETIVOS
-
Coordinar la ejecución de las políticas definidas en el plano fiscal, monetario y de ingresos, e intervenir en la definición y el seguimiento de las políticas de integración económica regional, a fin de asegurar la consistencia de la política económica.
-
Coordinar la aplicación de las políticas de desregulación establecidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en lo relativo a la desregulación de procedimientos internos de la Administración, que coadyuven al logro de la política económica trazada como en lo relativo al funcionamiento de la economía privada sujeto a regulación.
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