Decreto 1148/1991
Fecha de la disposición | 26 de Junio de 1991 |
Infoleg CODIGO PENAL
Decreto 1148/91
Apruébase la Reglamentación del artículo 39 de la Ley Nº 23.737.
Bs. As., 18/6/91
VISTO el artículo 39º de la Ley Nº 23.737 y demás normas dictadas en consecuencia de dicha ley, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 649/91, la SECRETARIA PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION tiene competencia específica para entender en todo lo relativo a la elaboración de las políticas y la planificación de las estrategias y acciones para la lucha contra el uso indebido de drogas y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, para coordinar su aplicación en otras áreas de gobierno a nivel nacional, provincial y municipal, y programar el "PLAN NACIONAL CONTRA EL USO INDEBIDO Y EL TRAFICO ILICITO DE DROGAS".
Que, en consecuencia, la referida Secretaría es el organismo idóneo para planificar y determinar el destino de los bienes a que se refiere el artículo citado en el VISTO, propendiendo a que aquellos contribuyan al integral cumplimiento de la norma.
Que de tal forma se logrará acabadamente la concreción del fin perseguido por la ley y las normas administrativas dictadas en consecuencia.
Que el grave incremento del consumo de drogas peligrosas, del tráfico ilícito de estupefacientes, del lavado de dinero proveniente de dicho ilícito y de otros delitos conexos, obligan a dotar a los organismos competentes de los medios necesarios para su prevención y represión.
Que, asimismo, la Secretaría mencionada debe contar con los medios necesarios para la ejecución de las acciones específicamente encomendadas.
Que la prevención de la drogadicción, el tratamiento a los afectados por el consumo y la lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes constituye una función esencial e irrenunciable del Estado Nacional y un compromiso ineludible asumido con otros miembros de la Comunidad Internacional.
Que para tales propósitos es necesario reglamentar el artículo 39º de la Ley Nº 23.737 a fin de atribuir competencia a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION en la determinación del destino de los bienes consignados en la norma mencionada conforme al fin previsto en la misma.
Que a los fines señalados, deviene indispensable que los recursos obtenidos por los conceptos mencionados ingresen al Presupuesto General de la Administración Nacional a través de una cuenta especial, de conformidad con el régimen establecido por el artículo 12º de la Ley Nº 16.432 incorporado a la Ley Nº 11.672 (Complementaria Permanente del Presupuesto).
Que para tal objetivo debe modificarse el Decreto Nº 5122/68, modificado por su similar Nº 1791/78, por el cual se creaba la Cuenta Especial 816 "Venta de Bienes Muebles, Aeronaves y Renovación...
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