Decreto 734/1990

Fecha de disposición26 Abril 1990
Fecha de publicación26 Abril 1990
SecciónDecretos
Número de Gaceta26872

INFOLEG CINEMATOGRAFIA

Decreto 734/90

Modificación del Reglamento de la Ley 23.052.

Bs. As., 20/4/90

VISTO el Reglamento de la Ley 23.052 aprobado por Decreto Nº 828/84 y modificado por su similar Nº 3899/84, y

CONSIDERANDO:

Que mediante ese reglamento se dictan normas referidas a la calificación de películas, se crea la Comisión Asesora de Exhibiciones Cinematográficas y se establece el valor de las multas por infracciones a la disposición legal citada.

Que los montos a pagar correspondientes a derechos de calificación y certificado, están estipulados en pesos argentinos y no guardan relación alguna con la realidad económica, debiendo disponerse su actualización.

Que para lograr un mejor reordenamiento administrativo se hace necesario modificar el sistema de designación de los miembros de la Comisión Asesora de Exhibiciones Cinematográficas que actúa en el Instituto Nacional de Cinematografía.

Que resulta imprescindible actualizar también los montos a abonar correspondientes a sanciones por infracciones a las disposiciones vigentes, a fin de guardar relación con los derechos de calificación y certificado conforme a lo expuesto en el primer Considerando.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para dictar la medida en orden a las atribuciones conferidas por el artículo 86 -inciso- 2, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Sustitúyese el artículo 13, el párrafo tercero del artículo 14 y el artículo 15 del Reglamento de la Ley 23.052, aprobado por Decreto Nº 828/84, modificado por su similar Nº 3899/84; los que quedarán redactados de la siguiente manera:

"ARTICULO 13. - Toda solicitud de calificación deberá abonar en concepto de derecho de calificación, al momento de presentarse el material, los siguientes importes

  1. Películas nacionales: exentas.

  2. Colas de películas nacionales: exentas.

  3. Películas extranjeras: AUSTRALES UN MILLON QUINIENTOS MIL (A 1.500.000.-).

  4. Colas de películas extranjeras: AUSTRALES CIENTO CINCUENTA MIL (A 150.000.-).

  5. Publicidad comercial: AUSTRALES UN MILLON QUINIENTOS MIL (A 1.500.000.-).

    Asimismo se percibirá en concepto de...

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