DECRETO 2195 / 2020 DECRETO de 20 de Noviembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor10 de Diciembre de 2020
Fecha de la disposición20 de Noviembre de 2020
Número de Boletín29874
Fecha de Publicación 9 de Diciembre de 2020
Número de documento79562

DECRETO N° 2.195/3 (ME), del 20/11/2020.

EXPEDIENTE N° 8506/360-2019 y agdos

VISTO las presentes actuaciones por las cuales se tramita el Recurso de Alzada interpuesto por el señor Juan Pablo Terán, D.N.I N° 17.268.320, en contra de la Resolución N° 695/20 del 31/7/2020, emitida por el Interventor de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia (C.P.A), y

CONSIDERANDO:

Que el presente recurso fue interpuesto dentro del plazo que establece el artículo 68° de la Ley N° 4.537, por lo que su tratamiento en esta instancia es formalmente procedente.

Que por el acto recurrido, obrante a Fs. 89/90, (Expte. N° 8506/360-19), se dispuso Rechazar el Recurso Jerárquico interpuesto por el señor Juan Pablo Terán, en contra de la Resolución Gerencial N° 051/20 del 24/4/2020.

Que se agravia la recurrente, en escrito que corre agregado a fojas 98/100, alegando que no se actualizó los valores de los años 2017 y 2018 a enero 2020, cuando si lo hizo en pedidos de años anteriores, generándole un grave daño a su patrimonio. Señala que no se justificó por que no se aplicó el artículo 221 del Estatuto para el Personal de la Caja Popular de Ahorros (E.P.C.P.A.) a los importes adeudados, siendo que la demora en resolver su pedido es imputable a la Administración.

Que la Resolución de Gerencia General N° 028/20 (fs. 49/50) confirmada por el acto atacado, dispuso autorizar el pago de la suma total de $132.465,27 al agente en concepto de Asignación Especial por Familiar Discapacitado establecida en el artículo 2 inciso 1) de la Ley N° 5.806 por el término de 10 días correspondientes al año 2016, 90 días por el año 2017 y 90 días por el año 2018. En sus considerandos destaca que los importes que reconoce se sustentan en el Dictamen N° 6141 de su Asesoría Letrada (adjunto a fs, 48), que entiende que los días reconocidos del año 2016 se deben actualizar a valores de Diciembre 2019 porque el expediente en el que tramitó el pedido fue extraviado por la repartición. Respecto a los años 2017-2018 señala que deben abonarse a "valores históricos".

Que la Resolución N° 695/20 de fecha 31/07/2020 (fs. 88/90) emitida por el Interventor de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, para fundamentar su decisión, analiza los plazos de prescripción contenidos en la Ley de...

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