Decreto 1183/2010

Fecha de la disposición23 de Agosto de 2010

Lunes 23 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.970 3 MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Decreto 1180/2010

Dase por aprobada la designación del Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Interior.

Bs. As., 19/8/2010

VISTO el artÃculo 99, inciso 7 de la Constitución Nacional,

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Dase por designado, a partir del 1'º de agosto de 2010, Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Interior del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, al doctor Julián MASSOLO (D.N.I.

N'º29.083.786).

Art. 2

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — AnÃbal D.

Fernández. — Julio C. Alak.

PRESUPUESTO Decreto 1183/2010

Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto para el ejercicio 2010 de la Dirección de Obra Social de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal.

Bs. As., 19/8/2010

VISTO el Expediente N'ºS01:0431836/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'º24.156 y sus modificaciones y el Decreto N'º1776 del 29 de noviembre de 2007, y CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2010 formulado por la Dirección de Obra Social de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal, actuante en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'º24.156 y sus modificaciones contiene en el TÃtulo II, CapÃtulo III, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas,

Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que el Decreto N'º1776 del 29 de noviembre de 2007 estableció que la citada Dirección queda comprendida dentro del concepto de Obras Sociales Estatales a que alude el ArtÃculo 3'º del Anexo al Decreto N'º1731 del 7 de diciembre de 2004, resultándole de aplicación en materia presupuestaria lo establecido por el TÃtulo II, CapÃtulo III de la Ley N'º24.156 y sus modificaciones.

Que del mismo modo el Decreto N'º1776/07 determinó en su ArtÃculo 3'º que los proyectos de presupuesto de las Obras Sociales Estatales enumeradas en el ArtÃculo 1'º de dicho decreto, previa opinión de las Jurisdicciones Ministeriales correspondientes y de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, serán sometidos a...

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