Decreto 2171. Danse por prorrogadas designaciones en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Fecha de disposición05 Noviembre 2015
Fecha de publicación05 Noviembre 2015
SecciónDecretos

Decreto 2171/2015

Danse por prorrogadas designaciones en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Bs. As., 14/10/2015

VISTO el Expediente N° S02:0027281/2015 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 27.008, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 1787 del 5 de noviembre de 2008, N° 1717 del 17 de septiembre de 2012, N° 915 del 11 de junio de 2014, N° 925 del 11 de junio de 2014, la Disposición de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL N° 375 del 16 de noviembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que a través del Decreto N° 1787/08 se aprobó la estructura organizativa de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la Disposición ANSV N° 375/10 aprobó las aperturas inferiores correspondientes a los niveles de Departamento de las áreas de apoyo de dicho organismo.

Que por los Decretos N° 1717/12 y N° 915/14, respectivamente, se ha procedido a designar y prorrogar transitoriamente en la Planta Permanente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL al personal aludido en el artículo 1° del presente acto administrativo.

Que por el Decreto N° 925/14 se ha designado transitoriamente en la Planta Permanente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL al personal aludido en el artículo 2° del presente acto administrativo.

Que resulta necesario prorrogar las mencionadas designaciones transitorias por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, toda vez que aún no se han realizado los procesos de selección previstos.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE...

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