DECRETO 2161 / 2019 DECRETO de 24 de Julio de 2019
Fecha de Entrada en Vigor | 10 de Agosto de 2019 |
Fecha de la disposición | 24 de Julio de 2019 |
Número de Boletín | 29550 |
Fecha de Publicación | 9 de Agosto de 2019 |
Número de documento | 73509 |
DECRETO N° 2.161/3 (ME), del 24/07/2019.-
EXPEDIENTE N° 11441/377-2017 y Agdos.
VISTO las presentes actuaciones que tratan de la investigación administrativa dispuesta en la Dirección General de Catastro a fin de determinar el grado de responsabilidad que le pudiere corresponder a la agente María Antonia Molina, DNI N° 16.216.727, por haber incurrido en reiteradas inasistencias injustificadas y ausencias a su lugar de trabajo, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo normado por los artículos 3 y 8 del Decreto N° 2525/1 del 7 de agosto de 2006, dicha investigación ha sido ordenada mediante 7 Resolución N° 1748 emitida por la Dirección General de Catastro el 13 de octubre de 2017 (foja 66) motivada por cuarenta y tres (43) días de inasistencias injustificadas y ausencias en el lugar de trabajo de la mencionada agente.
Que posteriormente, el Director General de la mencionada repartición dicta las Resoluciones N° 123 del 31 de enero de 2018 (Fs. 95/96) y N° 1577 del 17 de agosto de 2018 (Fs. 133/134) mediante las cuales se amplían los términos de la resolución antes citada, en virtud de las faltas injustificadas desde el 23/06/2017 hasta el 22/01/2018 registrando un total de ciento ochenta y siete (187) días en la primera y desde el 23/01/2018 hasta el 30/07/2018 por ciento ochenta y ocho (188) días en la segunda, lo que configura su conducta en un presunto abandono de servicio.
Que a Fs. 143/144 se agrega Acta de Declaración realizada el 18 de septiembre de 2018 -en carácter de imputada- por la señora Molina.
Que a Fs. 145/152 se adjunta el Capítulo de Cargos formulado en contra de la agente, ya que su proceder habría incurrido en inobservancia del deber de prestar personal y eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad que determinan las normas emanadas de autoridad competente, en violación a lo dispuesto en el artículo 29 inciso 1) de la Ley N° 5473 -Estatuto para el Personal de la Administración Pública de Tucumán-.
Que la agente, luego de haber sido notificada del capítulo de cargos, realiza a Fs. 155/156 su descargo en tiempo y forma.
Que la conclusión del sumario, agregada a Fs. 166/173, luego de un pormenorizado relato de lo actuado y de la evaluación de los antecedentes y pruebas reunidas, resuelve clausurar la investigación administrativa confirmando los cargos formulados en contra de la imputada y encuadrar su conducta en inobservancia con lo...
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