Decreto 2094. Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento 'Seguriexpo Buenos Aires - Exposición Sudamericana de Seguridad Electrónica'.

Fecha de disposición28 Octubre 2015
Fecha de publicación28 Octubre 2015
SecciónDecretos

Decreto 2094/2015

Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento "Seguriexpo Buenos Aires - Exposición Sudamericana de Seguridad Electrónica".

Bs. As., 06/10/2015

VISTO el Expediente N° S01:0068094/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma INDEXPORT MESSE FRANKFURT S.A. (C.U.I.T. N° 30-63888317-8), solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento "SEGURIEXPO BUENOS AIRES - Exposición Sudamericana de Seguridad Electrónica", realizada en el Predio Ferial La Rural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (REPÚBLICA ARGENTINA), del 15 al 19 de septiembre de 2015.

Que brindan su apoyo institucional auspiciando este evento la EMBAJADA DE ITALIA, la EMBAJADA DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA y la EMBAJADA DE SUDÁFRICA en nuestro país.

Que los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands que ingresaron al país, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5°, inciso s) de la Ley N° 20.545 incorporado por la Ley N° 21.450 y mantenido por el Artículo 4° de la Ley N° 22.792.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios...

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