Decreto 860/2010

Fecha de disposición18 Junio 2010
Fecha de publicación18 Junio 2010
SecciónDecretos
Número de Gaceta31927

Que la Señora Directora de Evaluación y Seguimiento de la UNIDAD EJECUTORA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL acredita su residencia permanente dentro de los límites fijados por el Decreto Nº 1840 de fecha 10 de octubre de 1986, correspondiendo en consecuencia acordarle las compensaciones que prescribe la mencionada norma y sus modificatorios.

Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1º del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Otórganse, a partir de la fecha de notificación del presente, los beneficios del Decreto Nº 1840, de fecha 10 de octubre de 1986, y sus modificatorios a la Arquitecta Maria Cecilia MAFFUCCI (D.N.I. Nº 17.612.504), quien se desempeña en el cargo de Directora de Evaluación y Seguimiento de la UNIDAD EJECUTORA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a la establecida en el ordenamiento legal indicado precedentemente.

Art. 2º

El presente beneficio se otorga como excepción a lo establecido por los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 1840/86.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Alicia M. Kirchner.

MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Decreto 859/2010

Dase por aprobada una designación en la Dirección Nacional de Prevención de Delitos de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana de la Secretaría de Seguridad Interior.

Bs. As., 16/6/2010

VISTO el Expediente Nº 25.855/10 del registro de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR, la Ley Nº 26.546, los Decretos Nros.

491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2010.

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria de un cargo vacante financiado por la DIRECCION DE PREVENCION EN CENTROS DE TRANSPORTE TERRESTRE de la DIRECCION NACIONAL DE PREVENCION DE DELITOS de la SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del referido Ministerio.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546.

Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir.

Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos y 10 de la Ley Nº 26.546, como así también en función de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

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