Decreto 843/2010

EmisorMinisterio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Fecha de la disposición17 de Junio de 2010

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS 414/2010

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415/2010

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MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO 410/2010

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RESOLUCIONES EMERGENCIA AGROPECUARIA 179/2010-MAGP Dase por declarado el estado de emergencia o desastre agropecuario en determinados departamentos de la Provincia de Entre Ríos a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509.. 8

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ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 426/2010-ANSES Operatoria del Sistema de Descuentos No Obligatorios a Favor de Terceras Entidades.

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IMPUESTOS General 2849-AFIP Procedimiento. Impuesto al Valor Agregado. Impuesto a las Ganancias. Operaciones de compraventa materiales a reciclar. 'Registro de Comercializadores de Materiales a Reciclar'.

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CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO Proyecto de Investigación PUNA 'Dinámica Litosférica en el Plateau de la Puna Austral', que se desarrolla entre el SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE MINERIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la UNIVERSIDAD CORNELL de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con el objeto de estudiar la corteza, el manto superior y su evolución en la región de la Provincia de CATAMARCA.

Que dicha mercadería, procedente de la Institución IRIS-PASSCAL de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, fue ingresada al país al amparo de la Ley Nº 25.613, para un monitoreo continuo de la sismicidad local, regional y global durante DOS (2) años.

Que, asimismo, el peticionante manifiesta que los sismógrafos fueron introducidos erróneamente como una importación para consumo por el SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), cuando deberían haberse destinado bajo el régimen de importación temporaria, ya que se trataba de un préstamo de uso.

Que, ante el requerimiento de la institución extranjera propietaria de los equipos, éstos le deben ser devueltos, pues los necesitan, principalmente luego de las catástrofes sísmicas acaecidas en la REPUBLICA DE HAITI y en la REPUBLICA DE CHILE.

Que teniendo en cuenta las especiales circunstancias que concurren en el caso, puede accederse a la solicitud aquí efectuada.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades que el Código Aduanero (Ley Nº 22.415 y sus modificaciones) otorga al PODER EJECUTIVO NACIONAL a través del Artículo 757, Apartados 1. y 2., inciso f), para eximir del derecho de exportación, con la finalidad de dar solución a los problemas que se suscitaren con ocasión de exportaciones de carácter no comercial, y de acuerdo con lo establecido en el Artículo 1º de la Ley Nº 26.519.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Exímese al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del pago del derecho de exportación que grava la exportación para consumo de TREINTA Y CINCO (35) sismógrafos portátiles de banda ancha pertenecientes a la Institución IRIS-PASSCAL de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Art. 2º

Comuníquese a la COMISION BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. -- Amado Boudou.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 851/2010

Desígnase Subsecretario de Ingresos Públicos de la Secretaría de Hacienda.

Bs. As.,16/6/2010

VISTO el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Desígnase Subsecretario de Ingresos Públicos de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, al Contador D. Luis María CAPELLANO (M.I. Nº 12.217.173).

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. -- Amado Boudou.

MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Decreto 843/2010

Dase por aprobada una designación en el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo de la Secretaría de Derechos Humanos.

Bs. As., 14/6/2010

VISTO el Expediente Nº 000701/2008 del registro del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS; la Ley Nº 26.546 aprobatoria del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 231 del 6 de febrero de 2008, 1755 del 23 de octubre de 2008 y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y la Decisión Administrativa Nº 2 del 11 de enero de 2010, y CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, se estableció que las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.

Que por el Decreto Nº 2098/08 se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE...

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