Decreto 2080 / 2007. Decreto Sintetizado del 08 de Junio de 2007. Aviso Nro: 16200

Fecha de la disposición12 de Julio de 2007
Número de Boletín26576
Fecha de Publicación12 de Julio de 2007

DECRETO Nº 2080/5 (MEd), del 08/06/2007. Expte. Nº 022678/230-M-06 Visto que la ampliación de las Plantas Orgánico Funcionales de los Establecimientos Escolares y la creación de nuevas Escuelas generan la necesidad de servicios a cargo del Personal Auxiliar -Conserjes, de Mantenimiento, Serenos, Cocineros-, y Considerando:

Que el análisis de los antecedentes sobre la materia posibilita determinar que mediante Decreto Nº 2535/14 (SE)-85 se creó la Comisión de Personal de Conserjes, estableciéndose el número de integrantes, atribuciones y deberes; confección de Padrones de Conserjes y las funciones y obligaciones de dicho Personal- Anexo Unico-. Que mediante Resolución Nº 1802/96 se "convalida el funcionamiento de la Comisión Organizadora de Personal Auxiliar " y se nomina a sus integrantes. Que con anterioridad al citado instrumento, dicha materia fue tratada a través de las Resoluciones Nº 1297/14 (SE)-84; Nº 2768/91 y Resolución Ministerial Nº 104/5 (MEyC)-00; sin que conste en los actos antes citados, el período de desempeño de la respectiva Comisión. Que procede dar por concluidas las funciones de la Comisión Organizadora a que se refiere la Resolución Ministerial Nº 104/5 (MEyC)-00 y disponer el reintegro de los agentes a sus respectivos cargos titulares o asignar la ubicación conforme a la necesidad de servicios del área de dependencia. Que a fin de posibilitar el funcionamiento de una Comisión de análoga naturaleza, corresponde su creación, determinar el número de integrantes, duración de las funciones, sus atribuciones, deberes y asignar el espacio físico para el desarrollo de sus actividades, mediante el dictado del instrumento adecuado, sustitutivo del Decreto Nº 2535/85. Que resulta del caso destacar que el Decreto Nº 3394/84 deroga los dispositivos pertinentes del Decreto Nº 119/82 e incluye al Personal Auxiliar en el Régimen Estatutario de la Ley Nº 5.473, sin que ello obste a la especificación de las funciones, deberes y actividades inherentes al cargo que desempeñan los mencionados agentes, atento a las particularidades del ámbito escolar y comunitario en el que se desarrollan las tareas respectivas. Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalia de Estado (Dictamen Nº 419 de fecha 05/03/07) fs. 32, El Gobernador de la Provincia DECRETA:

Artículo 1º Crease la Comisión Calificadora de Personal Auxiliar dependiente del Ministerio de Educación, la que estará integrada por cinco (5) Miembros, tres (3) de los cuales serán propuestos por el Ministerio de Educación y dos (2) consagrados por elección gremial

Art. 2º.- Dispónese que a los fines del cumplimiento de su cometido, se asignará a uno de los Miembros de la Comisión el carácter de Presidente y a los restantes cuatro, el de Vocales, debiendo desarrollar sus actividades en el ámbito físico que al efecto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR