Decreto 802/2010

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición11 de Junio de 2010

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 9 de la Ley Nº 25.561, prorrogada por sus similares Nros. 25.790, 25.820, 25.972, 26.077, 26.204, 26.339, 26.456 y 26.563.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Ratifícase el ACTA ACUERDO suscripta por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS y la Empresa Licenciataria GAS NEA SOCIEDAD ANONIMA con fecha 21 de julio de 2009, que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º

Facúltase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para realizar las interpretaciones, aclaraciones y modificaciones que sea necesario efectuar al CONTRATO DE LICENCIA oportunamente suscripto con la Empresa GAS NEA SOCIEDAD ANONIMA, en virtud de los cambios determinados por el ACTA ACUERDO referida en el Artículo 1º.

Art. 3º

Comuníquese, conforme a lo previsto en el Artículo 20 de la Ley Nº 25.561, a la COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D. Fernández. -- Amado Boudou. -- Julio M. De Vido.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar COMERCIO EXTERIOR Decreto 806/2010

Adóptanse las disposiciones de la Directiva Nº 20/09 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR. Fíjase un Derecho de Importación Extrazona para determinada mercadería.

Bs. As., 8/6/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0438626/2009 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, y CONSIDERANDO:

Que por las Resoluciones Nros. 69 de fecha 21 de junio de 1996 y 33 de fecha 22 de julio de 1998, ambas del Grupo Mercado Común (G.M.C.), se creó un procedimiento para la adopción de medidas específicas en el campo arancelario de carácter excepcional y por tiempo limitado; para garantizar un normal y fluido abastecimiento de productos en el Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

Que por la Resolución Nº 69 de fecha 7 de diciembre de 2000 del Grupo Mercado Común (G.M.C.) se dio continuidad al procedimiento para la instrumentación de acciones puntuales en el ámbito arancelario por razones de abastecimiento.

Que en tal sentido, se comprobó el desabastecimiento regional de determinadas láminas de poliuretano, de los tipos utilizados como laminado de seguridad en la confección de documentos.

Que por la Directiva Nº 20 de fecha 22 de octubre de 2009 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR (C.C.M.) se aprobó para el producto mencionado el tratamiento excepcional y transitorio, la cual se incorpora al ordenamiento jurídico nacional a través de la presente medida.

Que se hace necesario que la medida que se establece...

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