Decreto 784/2010

EmisorFuerzas Armadas y de Seguridad
Fecha de la disposición10 de Junio de 2010

Apruébase el Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la República Argentina destinado a la implementación del 'Programa de Seguridad Ciudadana e Inclusión'.

Bs. As., 7/6/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0431619/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO:

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha resuelto otorgar un financiamiento en forma directa a la Provincia de BUENOS AIRES por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICINCO MILLONES (U$S 25.000.000) en el marco del Contrato de Préstamo BID AR-L1074.

Que mediante el Contrato de Préstamo BID AR-L1074, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la Provincia de BUENOS AIRES a fin de posibilitar la ejecución del 'Programa de Seguridad Ciudadana e Inclusión'.

Que el mencionado programa tiene el propósito de contribuir a la disminución de los niveles de delitos, violencia e inseguridad en la Provincia de BUENOS AIRES mediante el mejoramiento de la capacidad del MINISTERIO DE SEGURIDAD de la Provincia de BUENOS AIRES, el fortalecimiento de la participación comunitaria y la implantación de programas de prevención que promueven factores de protección en comunidades, familias e individuos. El programa consta de TRES (3) componentes: (i) desarrollo de la Capacidad Institucional del MINISTERIO DE SEGURIDAD; (ii) fortalecimiento de los mecanismos de participación ciudadana; y (iii) mejoramiento de los servicios de atención a la violencia de género y de los programas de prevención de la violencia.

Que de conformidad con el Convenio Constitutivo del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y su política de operaciones, a efectos de suscribir el Contrato de Préstamo BID AR-L1074 con la Provincia de BUENOS AIRES resulta indispensable que la REPUBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras asumidas por la mencionada provincia, emergentes de la operación crediticia.

Que en tal sentido, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un Contrato de Garantía con la finalidad de que la REPUBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras que la Provincia de BUENOS AIRES contraiga como consecuencia de la suscripción del precitado contrato de préstamo.

Que las obligaciones garantizadas por la REPUBLICA ARGENTINA no incluyen el compromiso de contribuir con recursos adicionales para la ejecución del mencionado programa.

Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos emergentes del contrato de préstamo referido y de preservar el crédito público de la REPUBLICA ARGENTINA, el Gobierno Nacional ha propuesto a la Provincia de BUENOS AIRES la suscripción de un Contrato de Contragarantía, por medio del cual este último se obligue a la atención de los compromisos de pago asumidos con CINCO (5) días hábiles de anticipación a la fecha de vencimiento indicada en el Contrato de Préstamo BID AR-L1074.

Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES autorizará al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a efectuar el débito automático de los fondos de la Cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos o del régimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado.

Que en estos términos, resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato de Garantía a ser suscripto entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPUBLICA ARGENTINA, y el Modelo de Contrato de Contragarantía a ser suscripto entre esta última y la Provincia de BUENOS AIRES.

Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para someter eventuales controversias a la decisión de Tribunales Arbitrales.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672,

Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), los Artículos 57 y 60 in fine de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y la Ley Nº 26.519.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase el Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPUBLICA ARGENTINA que consta de NUEVE (9) puntos, cuya copia autenticada en español forma parte integrante del presente decreto como Anexo I.

Se constituye en objeto del Modelo de Contrato de Garantía el afianzamiento de las obligaciones financieras a ser asumidas por la Provincia de BUENOS AIRES y emergentes del Contrato de Préstamo BID AR-L1074, a suscribirse entre aquélla y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICINCO MILLONES (U$S 25.000.000) y destinado a la implementación del 'Programa de Seguridad Ciudadana e Inclusión'.

Art. 2º

Apruébase el Modelo de Contrato de Contragarantía a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y la Provincia de BUENOS AIRES, que consta de SEIS (6) Artículos, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente decreto como Anexo II.

Art. 3º

Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el designe, a suscribir los convenios cuyos modelos se...

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