Decreto 722/2010

Fecha de disposición31 Mayo 2010
Fecha de publicación31 Mayo 2010
SecciónDecretos
Número de Gaceta31913

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Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCial 336/2010

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CoMision arbitral ConVenio Multilateral Del 18.8.77

General 4/2010-CACM 18.8.77

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Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por prorrogado a partir de la fecha de su respectivo vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo establecido por el Decreto Nº 2010 del 24 de noviembre de 2008 con relación a las designaciones con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, de los agentes que se detallan en el Anexo I de la presente medida, en el Nivel y Grado y en la función que se detalla en cada caso.

Art. 2º

Los cargos involucrados, consignados en el Anexo I de la presente medida, deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos, según lo establecido respectivamente en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha de la prórroga dispuesta por el artículo 1º del presente.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - O.D. 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER.-- Aníbal D. Fernández.-- Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES PLANTA PERMANENTE MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA Decreto 722/2010

Recházase un recurso interpuesto contra la Resolución Conjunta Nº 21/92 de la ex Secretaría de la Función Pública y del ex Servicio Nacional de Sanidad Animal.

Bs. As., 26/5/2010

VISTO el Expediente Nº 21.178/1992 del Registro del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, el agente del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Médico Veterinario D. Rafael Néstor DIAZ COLODRERO (M.I. Nº 4.429.907), ha interpuesto recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio contra la Resolución Conjunta Nº 21 del 20 de marzo de 1992 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y del mencionado ex Servicio Nacional, por medio de la cual se dispuso su reencasillamiento en el Nivel C Grado 1 del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.), aprobado por el Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Que por Resolución Conjunta Nº 345 del 29 de noviembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y del ex SERVICIO NACIONAL Lunes 31 de mayo de 2010 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.913 3

DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado agente.

Que de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de impugnación de actos administrativos se ha tramitado el pertinente recurso jerárquico en subsidio contra la mencionada Resolución Conjunta Nº 21/92.

Que en esta instancia no se han aportado elementos relevantes que justifiquen rectificar el temperamento adoptado en su oportunidad.

Que en el trámite del presente decreto se han cumplido los recaudos establecidos por el Artículo 14 del Decreto Nº 769 del 12 de mayo de 1994.

Que en consecuencia es procedente no hacer lugar al recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por el Médico Veterinario D. Rafael Néstor DIAZ COLODRERO (M.I.

Nº 4.429.907).

Que han tomado la intervención que les compete la ex Subgerencia de Asuntos Jurídicos del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Oficina Nacional de Empleo Público de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE...

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