DECRETO 2046 / 2022 DECRETO / 2022-07-06
Fecha de publicación | 02 Agosto 2022 |
Fecha | 06 Julio 2022 |
Número de Gaceta | 30.278 |
Sección | Sección Legislación y Normativa Provincial |
DECRETO N° 2.046/7 (SES), del 06/07/2022.
EXPEDIENTE N° 85081/213-J-2021.
VISTO, las presentes actuaciones por las cuales el Departamento General de Policía, solicita al Poder Ejecutivo mediante Resolución N° 1479/21 (DiGAIP) de fecha 05/08/2021 (fs. 244), se decrete la Cesantía del Agente de la repartición, señor Roque David JEREZ, por aplicación del artículo 13 inciso b) del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (RRDP); y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud responde a las conclusiones del sumario administrativo dispuesto por Resolución N° 2356/18 (SR D-1) de fecha 11/10/2018 (fs. 71) emitida por el Jefe de Policía de la Provincia en contra del agente mencionado.
Que las actuaciones se inician a instancia del Jefe de la División de Visualización y Monitoreo 911 Yerba Buena, quien informa que el Agente Roque David Jerez incurrió en inasistencias injustificadas por más de 72 horas, faltando al servicio desde el 26/05/2018. Indica que la esposa del agente se presentó a solicitar formulario de Nota Médica manifestando que su esposo se encontraba enfermo. El agente no presentó las justificaciones y no se reintegró al servicio a pesar de las reiteradas intimaciones que le fueron cursadas, informando al Servicio Médico que no concurrió desde el 26/05/2018 en adelante a justificar sus inasistencias por razones de salud.
Que en el marco de preliminares se adjuntan: Actas de inicio de actuaciones (fs. 01/02); copias del Libro de Guardia donde constan las novedades al respecto (fs. 03/29 y 32/40); Informes de la. División Servicio Médico (fs. 31 y 53); Valoración Objetiva (fs. 41/43) y Memorandum Especial (fs. 55).
Que a fs. 81 el Departamento de Personal de la Policía de la Provincia notifica con fecha 30/11/2018 al agente el contenido de la Resolución N° 2356/18 (SR D-1). El acto encuadra la conducta del agente como abandono de servicio y dispone la remisión de las actuaciones a la Dirección General de Asuntos Internos Policiales (DIGAIP). Asimismo, se le notifica al agente que deberá hacer entrega del arma reglamentaria provista.
Que a fs. 133 consta la citación a declarar al agente a tenor de los artículos 111 y 114 del RRDP efectuada el 21/09/2019. Al no haber comparecido, se labra Acta para declararlo en rebeldía (fs. 209), lo que se notifica al agente el 18/08/2020 (fs. 211)
Que en le marco del sumario se agregan: Informes de División Armamento y Equipos que dan cuenta de que el Agente Jerez no hizo entrega oportuna del arma reglamentaria provista (fs. 92...
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