Decreto 698/2010

Fecha de disposición17 Mayo 2010
Fecha de publicación17 Mayo 2010
SecciónDecretos
Número de Gaceta31905

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL; 6º, 7º y 10 de la Ley Nº 26.546 y 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Créase, en la órbita de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, el Programa Nacional denominado 'PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS', que tendrá los siguientes objetivos:

  1. Diseñar el proceso para la adopción del PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, en coordinación con otros Ministerios del PODER EJECUTIVO NACIONAL, con los demás Poderes de la Nación, con organismos nacionales y provinciales, y con las organizaciones de la sociedad civil, en especial las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos.

  2. Elevar la propuesta del PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS al PODER EJECUTIVO NACIONAL, en tiempo y forma tal que pueda ser presentado en ocasión de celebrarse el Día Internacional de los Derechos Humanos del corriente año.

  3. Realizar la coordinación técnica para el seguimiento del PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, desarrollando las siguientes funciones:

  1. La evaluación de los niveles de aplicación del PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS.

  2. La elaboración e implementación de los proyectos específicos de aplicación del PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, tales como proyectos de difusión, divulgación, formación de recursos humanos e investigación.

  3. La creación y actualización de una base de expertos sobre temáticas específicas, los que podrán ser consultados por los distintos órganos de aplicación del PLAN.

  4. En general, todas aquellas necesarias para la mejor implementación del PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Art. 2º -- El PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS se estructurará sobre tres ejes de acción prioritaria: igualdad y no discriminación, garantías de acceso a los derechos, e inclusión social, en el entendimiento de que los derechos humanos son universales e interdependientes, y en su conjunto forman parte de un sistema armónico que garantiza y protege la vida digna, libre y autónoma de la persona humana.

Art. 3º

Créase, en el ámbito de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, el cargo extraescalafonario de Secretario Ejecutivo del PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, con rango y jerarquía de Subsecretario, cuya función será conducir el Programa Nacional 'PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS' creado por el artículo 1º del presente decreto.

Art. 4º

Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA,

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