Decreto 675/2010
Fecha de disposición | 17 Mayo 2010 |
Fecha de publicación | 17 Mayo 2010 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 31905 |
SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Decreto 697/2010
Desígnase Subsecretaria de Promoción de Derechos Humanos de la Secretaría de Derechos Humanos.
Bs. As., 14/5/2010
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Desígnase Subsecretaria de Promoción de Derechos Humanos de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a Da. María Cristina PERCEVAL (D.N.I. Nº 12.609.149).
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.
Fernández. -- Julio C. Alak.
MINISTERIO DE SALUD Decreto 675/2010
Dase por aprobada la designación de un Asesor de Gabinete.
Bs. As., 12/5/2010
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo previsto por el artículo 5º del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Nº 25.164.
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Desígnase Asesor de Gabinete del Ministro de Salud, con rango y jerarquía de Subsecretario, al Doctor D. Hugo Alberto SCHIFIS (D.N.I. Nº 4.391.582), de acuerdo a la excepción prevista por el segundo párrafo del artículo 5º del Decreto Nº 1421/02.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.
Fernández. -- Juan L. Manzur.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decisión Administrativa 289/2010
Dase por prorrogada una contratación en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
Bs. As., 13/5/2010
VISTO el Expediente Nº 7051/2009 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL y los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 577 del 7 de agosto de 2003, Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009 y Nº 2345 del 30 de diciembre de 2008, y la Resolución Nº 37 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del 1º de septiembre de 2009, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por sus similares Nº 149/07 y 1248/09, determina que toda contratación, en las previsiones del Decreto 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700).
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 11 del Decreto Nº 2345/08 de acuerdo a lo previsto en el Artículo 3º de la Resolución Nº 37/09 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE...
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