Decreto 2.941 de 30 de Octubre de 2006

Fecha de disposición30 Octubre 2006
Fecha de publicación23 Noviembre 2006
Número de Gaceta25543

La Plata, 30 de octubre de 2006.

VISTO el expediente Nº 2100-29.384/04, relacionado con la expropiación de un inmueble ubicado en el partido de Ituzaingó declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación por la Ley Nº 13.182, y

CONSIDERANDO:

Que conforme con lo dispuesto por el artículo 47 de la ley Nº 5.708 (T.O. Decreto Nº 8.523/86) y modificatorias, ha operado el término de abandono de la expropiación dispuesta por la ley Nº 13.182;

Que a fojas 52 el Departamento de Registro de Juicios de la Fiscalía de Estado informa que no surgen antecedentes de la promoción de juicio expropiatorio alguno a nombre de los propietarios de los referidos inmuebles, ya sea como actores o como demandados;

Que por lo expuesto, corresponde dictar el auto administrativo pertinente que declare abandonada la expropiación intentada, dando por concluida la presente gestión y disponiendo el levantamiento de la anotación preventiva, con notificación a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad;

Que ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno (fs. 62), ha informado la Contaduría General de Provincia (Fs. 63) y que tomo vista el Fiscal de Estado (fs. 65);

Que el presente se dicta en uso de las facultades emergentes de conformidad con los artículos 5º y 47 de la Ley Nº (TO Decreto Nº 8.523/86) y modificatorias;

Por ello

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º

Declárase abandonada la expropiación de inmueble ubicado en el partido de Ituzaingó designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección Rural, Parcela 637d, inscripto su dominio en la Matrícula Nº 21.223, folio Nº 6.986/62, partido de Ituzaingó (136), a nombre de la Federación de...

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