Decreto 2.799 de 18 de Noviembre de 2004

La Plata, 18 de noviembre de 2004.

Visto: el expediente número 0001-1529/97, por el cual se tramita la donación a la MUNICIPALIDAD DE TANDIL, de un bien inmueble ubicado en la localidad de De La Canal, jurisdicción del Partido de TANDIL con destino a equipamiento comunitario, y

CONSIDERANDO:

Que el aludido bien, identificado catastralmente como: Circunscripción XII, Parcela 1257 b., pertenece al patrimonio de la Provincia de Buenos Aires por expropiación con destino a Destacamento Policial, habiéndose inscripto su dominio al Folio 2436/51, del Partido de Tandil;

Que mediante nota fechada el 17 de octubre de 1996 obrante a fojas 8 y vta., el señor Ricardo Espaciano solicita la venta, cesión o comodato por veinte (20) años de la casa habitación donde funcionaba el Destacamento Policial de la Estación De La Canal;Que con fecha 11 de octubre de 1996, se celebró un Contrato de Comodato entre el mencionado particular y la citada Comuna por un plazo de seis (6) meses;

Que el 27 de febrero de 1996, la Municipalidad de Tandil dictó la Ordenanza número 7316, declarando incorporado al patrimonio municipal el inmueble objeto de autos y requiriendo la inscripción de dominio a nombre del Municipio;

Que la Municipalidad de Tandil requiere la donación a su favor de la referida tierra, previendo la creación del núcleo urbano de Estación De La Canal que se encuentra en estudio y con la finalidad de destinario a equipamiento comunitario;

Que, consultado el Ministerio de Seguridad -Policía Departamental- sobre si subsiste su interés en el mencionado bien, manifiesta a fojas 42 que el mismo no resulta de utilidad a los fines policiales de la Institución;

Que asimismo, fueran consultados los distintos Organismos Provinciales, no habiéndose obtenido respuesta a tal requerimiento;

Que la Asesoría General de Gobierno en su Dictamen nº 586/99 cuya copia obra a fojas 55, manifiesta que puede desafectarse el inmueble tratado de su destino originario y proceder a su donación a la Municipalidad de Tandil, en los términos del artículo 39 inciso b) del Decreto-Ley 9533/80;

Que en consecuencia, resulta procedente de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 39 inciso b) y 40 del Decreto-Ley 9533/80, donar a la Municipalidad de Tandil la referida tierra, previa desafectación de su destino originario;

Que han producido despacho favorable la Dirección Provincial de Catastro Territorial y...

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