DECRETO 1943 / 2019 DECRETO de 2 de Julio de 2019

Fecha de Entrada en Vigor11 de Julio de 2019
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2019
Número de Boletín29528
Fecha de Publicación10 de Julio de 2019
Número de documento73014

DECRETO N° 1.943/3 (ME), del 02/07/2019.

EXPEDIENTE N° 625/369/D/2019.

VISTO los plazos establecidos en los distintos procedimientos vigentes ante la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo, y

CONSIDERANDO:

Que, razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan, en esta ocasión, establecer la feria fiscal de invierno para el período comprendido entre el 10 y 23 de julio del año 2019, ambas fechas inclusive, en coincidencia con el período establecido por el Poder Judicial de Tucumán como feria judicial;

Que no obstante ello, corresponde garantizar el pleno ejercicio de las facultades de contralor de la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS, así como los intereses del fisco provincial y el derecho de los administrados a peticionar ante la Autoridad de Aplicación, fijando las excepciones pertinentes;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Establécese que, en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS, no se computarán respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos entre el 10 y 23 de julio de 2019, ambas fechas inclusive.
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