DECRETO 1922 / 2017 DECRETO de 22 de Junio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor12 de Julio de 2017
Fecha de la disposición22 de Junio de 2017
Número de Boletín29040
Fecha de Publicación11 de Julio de 2017
Número de documento60574

DECRETO N° 1.922/9 (MDP), del 22/06/2017.

Expediente N° 2712/390-G-2014 y Agdo.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Sociedad Aguas del Tucumán - SAPEM - en contra de la Resolución N° 130/16 del 23/03/16, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución EPRET ASU N° 47/15 (fs. 09/11) del 16/03/15 el Jefe del Área Servicios al Usuario resolvió hacer lugar al reclamo formalizado por la Sra. Elina Lucrecia González, ordenando a la SAT- SAPEM a realizar las obras y/o maniobras necesarias para brindar solución definitiva al problema de deficiente servicio de agua potable correspondiente al domicilio de Pje. Ortega y Gasset N° 83 de esta ciudad;

Que por el art. 2 de la citada resolución se ordena a la prestadora que efectúa descuentos del 70% por deficiencia técnica de cada una de las facturaciones del servicio afectado conforme a los arts. 22 inc. 2) y 64 de la Ley N° 6.529;

Que conforme lo dispuesto en el art. 12 inc. 2) de la Ley N° 8.479, el Recurso se presentó en término según el plazo del art. 68 de la Ley N° 4.537, por lo que su tratamiento resulta formalmente admisible;

Que la recurrente funda sus agravios en que la Sociedad Aguas del Tucumán, no transgredió norma alguna. Sostiene que la prestadora del servicio se presentó en el inmueble con el personal operativo de la empresa y procedió a intervenir en el mismo realizando el cambio en la conexión domiciliaria;

Que expresa también que se detectó que las cañerías existentes se encontraban con gran cantidad de arena, por lo cual realizó un lavado de la red. Manifiesta que la obra exigida por el ente es de gran envergadura, requiere de programación y proyección y que, debido a su alto costo, la concesionaria del servicio no se encuentra en condiciones de solventarla;

Que considera además que el descuento practicado por la Resolución N°...

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