Decreto 1914/2015. Dase por designada la Directora del Centro de Estudios para la Producción.

Fecha de disposición16 Septiembre 2015
Fecha de publicación24 Septiembre 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33221

MINISTERIO DE INDUSTRIA

Decreto 1914/2015 Dase por designada la Directora del Centro de Estudios para la Producción.

Bs. As., 16/09/2015

VISTO el Expediente N° S01:0306638/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de la citada ley.

Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III, de Director del Centro de Estudios para la Producción de la mencionada Secretaría.

Que tal requerimiento implica efectuar una excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades...

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