DECRETO 1874 / 2018 DECRETO de 11 de Junio de 2018

Fecha de Entrada en Vigor20 de Junio de 2018
Fecha de la disposición11 de Junio de 2018
Número de Boletín29271
Fecha de Publicación19 de Junio de 2018
Número de documento66696

DECRETO N° 1.874/3 (SH), del 11/06/2018.

EXPEDIENTE N° 8/389-M-2018.-

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el señor Héctor Julio Miranda, jubilado transferido a la Nación, gestiona el pago de diferencias de haberes previsionales post sentencia por el periodo comprendido entre el 24 de septiembre de 2016 y agosto de 2017 (incluido el sueldo anual complementario), en cumplimiento de la Sentencia N° 551 del 23 de septiembre de 2016 dictada en el juicio "Riba Antonio Eduardo y otros c/Provincia de Tucumán s/Contencioso Administrativo" de la Excma. Cámara Contencioso Administrativo Sala III, y

CONSIDERANDO:

Que teniendo en cuenta la medida ordenada, mediante el Decreto N° 2159/3(SH) del 11 de julio de 2017 se autoriza a la Unidad de Control Previsional a fijar la Asignación Mensual y Personal (Cód. 040-556) al coactor del juicio, en la suma de $30.953,90 a valores del año 2016, cuya percepción se hace efectiva a partir de septiembre de 2017.

Que corresponde dictar la medida administrativa tendiente a disponer el pago de retroactividad post-sentencia (Cód. 140-556), por el periodo comprendido entre el 24 de septiembre de 2016 y agosto de 2017 (incluido el sueldo anual complementario -Segundo Semestre 2016 y Primer Semestre 2017), y por la suma de $424.872,27 según planilla de liquidación practicada por la Unidad de Control Previsional adjunta a fs. 24/26.

Que la Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado informa que el monto determinado pos sentencia guarda razonabilidad y el Departamento Auditoría de la Contaduría General de la Provincia se expide sin formular objeciones a la liquidación...

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