DECRETO 1858 / 2024 DECRETO / 2024-06-28

Fecha de publicación17 Julio 2024
Fecha28 Junio 2024
Número de Gaceta30.755
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 1.858/3 (SH), del 28/06/2024.
EXPEDIENTE N° 801/232-P-2024.-
VISTO el presente expediente mediante el cual el Ente Cultural de Tucumán solicita un Aporte Financiero No Reintegrable, y
CONSIDERANDO:
Que lo solicitado será destinado al financiamiento del Fondo de Fomento de Bibliotecas Populares (Ley N° 7693/2005), Promoción del Teatro Independiente (Ley N° 7854/2006), Fondo de Fomento Audiovisual (Ley N° 9578/2022) y, Fomento y Funcionamiento de Espacios Culturales Independientes (Ley N° 9632/2022).
Que se debe autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía y Producción a emitir órdenes de pago de $7.700.000.- en abril, mayo y junio de 2024.
Que corresponde proceder de conformidad a lo tramitado, dictando la medida administrativa, teniendo en cuenta lo informado por Contaduría General de la Provincia a foja 31, Dirección General de Presupuesto a foja 32, Tesorería General de la Provincia a foja 33, la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda a foja 34.
Por ello, atento al Dictamen Fiscal N° 740 del 11 de abril de 2024, obrante a foja 36 de estos actuados

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

ARTICULO 1°.- OTÓRGASE, de acuerdo a las disponibilidades de Tesoro Provincial, al ENTE CULTURAL DE TUCUMÁN un Aporte Financiero No Reintegrable por la suma de PESOS VEINTITRÉS MILLONES CIEN MIL ($23.100.000), destinado al financiamiento del Fondo de Fomento de Bibliotecas Populares (Ley N° 7693/2005), Promoción del Teatro Independiente (Ley N° 7854/2006), Fondo de Fomento...

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