DECRETO 1737 / 2018 DECRETO de 30 de Mayo de 2018
Fecha de publicación | 12 Junio 2018 |
Fecha de disposición | 30 Mayo 2018 |
Número de registro | 66553 |
Número de Gaceta | 29266 |
DECRETO N° 1.737/1 (FE), del 30/05/2018.
EXPEDIENTE N° 1.145/170-D-17.-
VISTO, las presentes actuaciones a través de las cuales se gestiona el pago de la deuda según sentencia recaída en el juicio: "Sánchez, María Esther C/ Provincia de Tucumán S/ Expropiación Inversa o Irregular" (Expte. N° 2.697/10) que tramita ante el Juzgado Civil y Comercial Común de la VIa Nominación, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 se adjunta Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias (Decreto N° 1.583/1 (FE)-16 Anexo II) y a fs. 5/8 obra copia de sentencia de fondo de fecha 20 de agosto de 2013.
Que a fs. 17/19 la sentencia de fecha 12 de mayo de 2015 aprueba la planilla de actualización de capital de fecha 27 de agosto de 2014, por la suma de $1.374.702 (fs. 15/16) correspondiente a la señora Sánchez. Dicha obligación surge de la Sentencia N° 235 de fecha 12 de junio de 2014 (fs. 11/12), imponiéndose las costas en ambos casos a cargo de la Provincia de Tucumán.
Que a fs. 24 la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que las sentencias mencionadas se encuentran firmes, que la deuda debe ser abonada en efectivo, indicando que para el orden de prioridades establecido por la Ley N° 8.851, la fecha de notificación a la Provincia de Tucumán de la aprobación de planilla es el 29 de mayo de 2015.
Que a fs. 25 el Departamento Servicio Administrativo Financiero de Fiscalía de Estado informa que no se registran pagos bajo estos conceptos en el juicio de referencia.
Que a fs. 29/30 y 33/34 obran planillas de cálculo confeccionadas por la Dirección de Auditoría y la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado.
Que a fs. 40 se consigna la imputación presupuestaria que atenderá el gasto.
Que a fs. 43 interviene Secretaría de Estado de Hacienda, sin formular observaciones a la liquidación, por la suma de $2.377.198,67.
Que a fs. 44 la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado informa que el orden de prelación conforme al artículo 4° de la Ley N° 8.851 corresponde al N° 19.
Que la Ley N° 8.851 en su artículo 3° dispone que los pronunciamientos judiciales que condenan al Estado Provincial serán satisfechos dentro de las autorizaciones del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para la...
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