DECRETO 1725 / 2020 DECRETO de 25 de Septiembre de 2020
Fecha de Entrada en Vigor | 16 de Octubre de 2020 |
Fecha de la disposición | 25 de Septiembre de 2020 |
Número de Boletín | 29838 |
Fecha de Publicación | 15 de Octubre de 2020 |
Número de documento | 78959 |
DECRETO N° 1.725/7 (SES), del 25/09/2020.-
EXPEDIENTE N° 234/111-D-2020.
VISTO que por las presentes actuaciones la Dirección Provincial de Defensa Civil solicita autorización para incrementar el cupo de combustible de los móviles pertenecientes a su parque automotor; y
CONSIDERANDO:
Que lo solicitado se fundamenta en que durante los meses de Agosto, Septiembre y Octubre la provincia transita el período de estación seca propio de nuestro clima, viéndose incrementado notablemente las demandas de control y combate de incendios, originados por la quema de cañaverales, forestales, pastizales (de llanura de altura) y basurales en todo el territorio de la provincia.
Que a fs. 02-05 se adjuntan copias de las Cédulas de Identificación del Automotor correspondientes a los vehículos afectados al Sistema Nacional de Manejo del Fuego con que cuenta la repartición.
Que a fs. 14 la Dirección General de Presupuesto emite informe de su competencia indicando la imputación presupuestaria.
Que asimismo resulta necesario facultar a la Dirección de Administración del Ministerio de Seguridad a emitir la correspondiente orden de pago por el citado monto.
Que resulta procedente dictar la medida administrativa pertinente.
Por ello; teniendo en cuenta lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 08, de conformidad con lo dictaminado por Fiscalía de Estado a Fs. 16 (Dictamen N° 1537 de fecha 28/08/2020) y en virtud de las disposiciones de los art. 1° y 2° del Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia N° 3/1 (ME) del 19/03/11,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Autorizase a la Dirección Provincial de Defensa Civil, a incrementar el cupo mensual del combustible hasta 600 litros, conforme a la facultad conferida por el artículo 2° del Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia N° 1/3 (ME) de fecha 9/01/11, para los vehículos Camión Autobomba Astra, dominio LZG162, Ford F100 Pick-Up 4x4 XLT 3.90 doble cabina, dominio IXI733, Ambulancia IVECO, dominio NVC388 y Autobomba...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba