DECRETO 1720 / 2020 DECRETO de 25 de Septiembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor15 de Octubre de 2020
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2020
Número de Boletín29837
Fecha de Publicación14 de Octubre de 2020
Número de documento78940

DECRETO N° 1.720/3 (ME), del 25/09/2020.

VISTO la necesidad de la Dirección General de Rentas (DGR) de contratar los servicios de personal especializado para el área Informática de la citada repartición, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de la pandemia provocada por el brote de Coronavirus (COVID-19) y a fin de preservar la salud del personal y la de los contribuyentes, el referido Organismo fiscal implementó la modalidad de trabajo y atención al público en forma remota, incrementando los requerimientos al personal del área informática de la DGR para adaptarse a las necesidades derivadas del contexto mencionado.

Que la contratación que se tramita se fundamenta en la necesidad de continuar con los servicios de cinco (5) estudiantes avanzados de la carrera Ingeniería en Sistemas de Información, quienes se desempeñaron como pasantes en la DGR, con el objeto de continuar el desarrollo de su trabajo y dar soporte técnico a los sistemas informáticos ya realizados y a realizarse en el futuro próximo.

Que la Dirección General de Rentas solicita la referida contratación bajo la modalidad de locación de servicios en virtud de la imposibilidad de suscribir un nuevo contrato de pasantía, por haberse cumplido el plazo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 26.427 -Sistema de Pasantías.

Que los estudiantes propuestos por la DGR fueron específicamente capacitados durante sus contratos de pasantías en el Organismo, y han demostrado contar con la formación y experiencia necesarias para el cumplimiento de los servicios a brindar.

Que a fin de proceder de conformidad a lo solicitado, se estima pertinente facultar al señor Ministro de Economía a suscribir, en representación del Superior Gobierno de la Provincia, los Contratos de Locación de Servicios respectivos, para cumplir con las tareas antes mencionadas.

Que la contratación que se propicia está contemplada en las previsiones de los Artículos 40 Inc. 2), 42 y 46 de la Ley N° 5.473 (Estatuto para el Personal de la Administración Pública de Tucumán).

Que a fin de proceder de conformidad, corresponde dictar la pertinente medida administrativa.

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Autorízase al señor Ministro de Economía, CPN EDUARDO SAMUEL GARVICH, a suscribir en representación del Superior Gobierno de la Provincia los Contratos de locación de Servicios con las personas que más abajo se detallan conforme al modelo que se...

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