DECRETO 1713 / 2020 DECRETO de 25 de Septiembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor15 de Octubre de 2020
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2020
Número de Boletín29837
Fecha de Publicación14 de Octubre de 2020
Número de documento78943

DECRETO N° 1.713/3 (SH), del 25/09/2020.

EXPEDIENTE N° 584/389-M-2018 y Ag.

VISTO el presente expediente mediante el cual se gestiona el pago de la suma liquidada en concepto de retroactividades post-sentencia del Sr. José Avelino Matamoro, Jubilado transferido a la Nación, por aplicación de lo dispuesto por Sentencia N° 633, del 27/10/16, obrante a fs. 6/9, dictada por la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo -Sala III-, recaída en el juicio: "Matamoro, Jose Avelino C/Provincia de Tucumán S/Contencioso Administrátivo"- Expte. N° 545/14, y

CONSIDERANDO:

Que la citada sentencia reconoce al actor el derecho a la movilidad y reajuste de sus haberes previsionales, y condena a la provincia a liquidar y abonar mensualmente las diferencias que se determinen según lo considerado, y arbitrar lo necesario para que el actor perciba mensualmente los montos correspondientes, acorde con los derechos reconocidos

Que a foja 36, el área correspondiente de la Unidad de Control Previsional del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán adjunta planilla de liquidación de retroactividades post-sentencia en la suma de $479.076,14 (Cód. 140-556), por el período comprendido desde noviembre de 2016 a noviembre de 2019, incluidos los S.A.C. correspondientes.

Que a fojas 42 y 43, Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado y Contaduría General de la Provincia se expiden verificando la razonabilidad del monto y no presentando objeción a la liquidación practicada, respectivamente.

Que en consecuencia resulta necesario dictar la medida nadministrativa tendiente al pago de retroactividades post-sentencia del Sr. Matamoro, debiéndose aplicar lo dispuesto por Decreto N° 3596/3(S.H.) del 12/11/09 y su modificatorio Decreto N° 1115/3(M.E.) del 28/04/10.

Por ello, atento a lo informado por Dirección General de Presupuesto a foja 44 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 596 del 9 de marzo de 2020, adjunto a foja 46,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Dispónese el pago de la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y...

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