DECRETO 1700 / 2020 DECRETO de 25 de Septiembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor13 de Octubre de 2020
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2020
Número de Boletín29835
Fecha de Publicación 9 de Octubre de 2020
Número de documento78909

DECRETO N° 1.700/3 (SH), del 25/09/2020.

EXPEDIENTE N° 3078/220-L-2020.

VISTO el presente expediente mediante el cual la Municipalidad de San Isidro de Lules gestiona el otorgamiento de una asistencia financiera reintegrable, por hasta la suma de $ 3.159.690,06 destinada prioritariamente al pago del Consorcio Público Metropolitano (GIRSU) correspondiente al período de julio a septiembre de 2020, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 7.974, y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma legal en su Artículo 2°, faculta al Poder Ejecutivo a otorgar a los municipios y comunas rurales Préstamos Reintegrables, quedando facultado para establecer en cada caso el monto y el destino de los mismos, como así también para convenir con los citados entes el plazo de amortización y demás condiciones para su reintegro.

Que para la entrega del monto requerido, la municipalidad deberá suscribir ante Escribanía de Gobierno la pertinente Escritura de Cesión de Derechos a favor del Superior Gobierno de la Provincia, cediendo la Coparticipación -Ley N° 6.316-, F.D.I. Ley N° 6.650- y modificatorias o las que en el futuro las reemplacen o sustituyan, en un plazo de as a partir de la fecha del presente instrumento legal.

Que asimismo los fondos cuya provisión se gestionan serán transferidos a través de la Cuenta Fiduciaria del Municipio; en consecuencia, resulta menester autorizar la Dirección de Administración del...

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