DECRETO 1621 / 2021 DECRETO de 8 de Julio de 2021
Fecha de disposición | 08 Julio 2021 |
Fecha de publicación | 30 Julio 2021 |
Número de registro | 82553 |
Número de Gaceta | 30030 |
DECRETO N° 1.621/3 (SH), del 08/07/2021.
EXPEDIENTE N° 352/369-D-2021
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Arzobispado de Tucumán gestiona un subsidio, para el pago de las contribuciones patronales 2021 a Colegios, Escuelas Parroquiales y Seminario Mayor, y
CONSIDERANDO
Que de fs. 6 a 20 la Dirección General de Sistemas adjunta planillas con proyección del gasto anual para cubrir el total en concepto de Aportes Patronales (10,82%) para los establecimientos allí mencionados, por la suma total de $46.450.519,13 para los meses de enero a diciembre de 2021 y para el Primer y Segundo Sueldo Anual Complementario de 2021, tomando como base de cálculo valores vigentes indicados a fs. 1, en concepto de Aportes Patronales 2021.
Que teniendo en cuenta las disposiciones establecidas por el Artículo 85° del Decreto N° 2191/14(SE)-1993 y Artículo 95° de la Ley N° 8391 , que faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un aporte estatal a fin de atender los salarios y cargas previsionales y asistenciales del personal de los establecimientos de Educación Pública de Gestión Privada, resulta pertinente dictar la medida administrativa; y asimismo au r zar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir las respectivas órdenes de pago.
Por ello, atento lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs 21, Dirección General de Presupuesto a fs. 22, el Departamento Asesoría Letrada de la Secretaría de Estado de Hacienda a fs. 23 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1238 del 2 de julio de 2021, adjunto a fs. 25 de estos actuados
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Otórgase al ARZOBISPADO DE TUCUMÁN un subsidio por la suma total de PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS DIECINUEVE CON TRECE CENTAVOS ($ 46.450.519,13), destinado al pago de las contribuciones patronales a colegios, escuelas parroquiales y Seminario Mayor, según el detalle del Anexo que forma parte integrante del presente decreto; con entregas mensuales de enero a diciembre de 2021, incluidos el Sueldo Anual Complementario 1 er y 2do Semestre 2021, de acuerdo con la siguiente discriminación:
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