DECRETO 1607 / 2018 DECRETO de 18 de Mayo de 2018

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Junio de 2018
Fecha de la disposición18 de Mayo de 2018
Número de Boletín29258
Fecha de Publicación31 de Mayo de 2018
Número de documento66361

DECRETO N° 1.607/3 (SO), del 18/05/2018.

EXPEDIENTE N° 441/321-DAF-2017.-

VISTO que mediante las presentes actuaciones se gestiona el dictado del Acto Administrativo pertinente que reconozca los servicios prestados por la atención del Despacho del Servicio Administrativo Financiero de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo, llevada a cabo por el señor Juan Fernando Burgos, empleado categoría 20, personal de planta permanente, por ausencia de su titular, a partir del 14 de febrero hasta el 06 de marzo de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 08/11 se acompaña fojas de servicios del agente Burgos.

Que a fs. 12 el Responsable de la División Administración de Personal de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo indica que por Resolución Interna N° 187/D del 09/03/2017, al C.P.N. Domínguez José Federico, titular del Servicio Administrativo Financiero de la repartición se le concedió Vacaciones Anuales Ordinarias período 2015, a partir del 13/02/2017 hasta el 06/03/2017 inclusive.

Que a fs. 23 el Responsable de Administración de Personal de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo informa que la atención del Despacho del Servicio Administrativo Financiero de esa repartición no cuenta con reemplazante natural, conforme al Manual de Organización (Organigrama, Misión y Funciones), aprobado por Decreto Acuerdo N° 10/3-SO-06 y su modificatorio Decreto Acuerdo N° 13/3-SO-09. Señala además, que dichas funciones fueron efectivamente cumplidas por el señor Juan Fernando Burgos.

Que a fs. 24 emite opinión el jefe del Departamento Jurídico de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo.

Que a fs. 30 el jefe de División Novedades Salariales de la repartición practica la liquidación correspondiente y adjunta boletas de sueldo (fs. 25/29). A fs. 31 el jefe de Servicio Administrativo informa la imputación presupuestaria.

Que a fs. 33 la Dirección General de Recursos Humanos emite el informe de su competencia, sin formular observaciones.

Que el Artículo 3° del Decreto N° 646/1-83 reglamentario de la Ley N° 5473 establece que el reemplazo transitorio de los cargos del nivel superior definidos en el Artículo 11° de la ley N° 5473, procede entre otros supuestos, cuando el cargo...

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