Decreto 160/2021
Fecha de publicación | 12 Marzo 2021 |
Sección | Decretos |
Emisor | CONTRATOS |
Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2021
Visto el Expediente N° EX-2019-65208903-APN-SSTF#MTR, las Leyes Nros. 23.928, 25.561, los Decretos Nros. 994 del 18 de junio de 1992, 214 del 3 de febrero de 2002, 311 del 3 de julio de 2003, 1039 del 5 de agosto de 2009 y la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 5 del 23 de enero de 1991 y sus respectivas modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 5/91 se aprobó el pliego de bases y condiciones de la licitación pública nacional e internacional para la concesión de la explotación integral del sector de la red ferroviaria nacional integrado principalmente por la Línea GENERAL MITRE, con exclusión de sus tramos urbanos Retiro - Tigre, Retiro - Bartolomé Mitre, Retiro - Zárate y Victoria - Capilla del Señor.
Que con la finalidad de proteger los bienes pertenecientes al ESTADO NACIONAL entregados en concesión se estableció en el artículo 31 del pliego referido la obligación por parte del concesionario de constituir una Garantía de Cumplimiento del Contrato.
Que por el Decreto N° 994/92 se aprobó el contrato de concesión suscripto entre el ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y NUEVO CENTRAL ARGENTINO S.A., en ese momento en formación.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.5 de dicho Contrato de Concesión y en el Acta Acuerdo de fecha 19 de mayo de 2008, ratificada por el Decreto N° 1039/09, así como lo estipulado en el artículo 31 del Pliego de Bases y Condiciones, se estableció la obligatoriedad de constituir una Garantía de Cumplimiento del Contrato consistente en un Seguro de Caución.
Que conforme lo expresado en el considerando que antecede, la concesionaria NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA constituyó un Seguro de Caución por un monto total de PESOS VEINTIDÓS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS ($22.568.200.-) “… valor equivalente al DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto de la oferta”, entendiéndose bajo dicho concepto al “...monto acumulado del canon mensual durante los años de concesión y el monto de inversiones...”
Que en virtud del régimen de convertibilidad establecido por la Ley Nº 23.928, al inicio de los Contratos de Concesión se encontraba vigente la paridad cambiaria fija entre la moneda nacional y el dólar estadounidense, resultando equivalente la cantidad de pesos a la de dólares estadounidenses.
Que, posteriormente, por la Ley N° 25.561 se declaró la emergencia...
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