DECRETO 1587 / 2020 DECRETO de 7 de Septiembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor23 de Septiembre de 2020
Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2020
Número de Boletín29822
Fecha de Publicación22 de Septiembre de 2020
Número de documento78724

DECRETO N° 1.587/7 (SES), del 07/09/2020.

EXPEDIENTE N° 450/215-2020

VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Departamento Producción de la Dirección General de Institutos Penales solicita actualización del valor de las raciones de comida del tipo común y especial que se entregan diariamente al Servicio Penitenciario; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 631/7(SES) de fecha 17/03/2020 (fs. 02-05) se autorizó a la Dirección General de Institutos Penales a contratar en forma directa con el Departamento Producción la cantidad aproximada de 71.000 raciones mensuales para el año 2020 destinadas al racionamiento de la población penal, personal de seguridad y defensa de las distintas unidades carcelarias que agrupa la institución, como así también los detenidos en el Centro de Menores, brigada Femenina, Dirección General de Investigaciones de la Policía de Tucumán, Gendarmería Nacional, Policía Federal, Alcaldías de Tribunales y comisarías de la Provincia al costo unitario de pesos Ciento Cincuenta y Uno con Ochenta y Tres Centavos ($151,83) para las raciones comunes, y de pesos Ciento Setenta y Ocho con Cuarenta y Nueve centavos ($178,49) para las raciones especiales.

Que a fs. 01 el Interventor del Departamento de Producción de la Dirección General de Institutos Penales solicita se autorice la actualización del 16,47% respecto del valor fijado para el periodo Enero-Abril de 2020, manifestando que dicho aumento será aplicado para el periodo Mayo-Agosto de 2020, debido a la inflación acumulada entre Diciembre 2019 y Abril 2020 para la categoría alimentos, tomando como base el índice de Precios al Consumidor de Tucumán, elaborado por la Dirección de Estadística de la Provincia. Aclara que la diferencia existente entre el valor aumentado para el presente periodo y lo efectivamente abonado en los meses correspondientes, deberá pagarse retroactivamente.

Que a fs. 06 la Subdirectora General del Servicio Penitenciario aclara que el gasto mensual imputado será correspondiente a lo efectivamente consumido por la institución y debidamente facturado por el Departamento de Producción, realizando los respectivos cruces de información suministrados por los distintos receptores de las raciones lo que no deberá superar lo autorizado por los Decretos N° 349/7 (SES) de fecha 15/12/2019 y N° 631/7 (SES) de...

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