DECRETO 1582 / 2019 DECRETO de 30 de Mayo de 2019

Fecha de Entrada en Vigor13 de Junio de 2019
Fecha de la disposición30 de Mayo de 2019
Número de Boletín29512
Fecha de Publicación12 de Junio de 2019
Número de documento72716

DECRETO N° 1.582/3 (ME), del 30/05/2019.-

EXPEDIENTE N° 45/369-C-2019-

VISTO que mediante las presentes actuaciones se gestiona la aprobación y autorización de pago de la suma de $212.447,26 y

CONSIDERANDO:

Que dicho monto surge de la factura B N° 0003-00003027, adjunta a Fs. 2/4, presentada por la firma CUSTODIA DE ARCHIVOS NOROESTE S.R.L., con motivo del servicio de guarda y custodia de archivos prestado -durante diciembre de 2018- a diversas dependencias del Ministerio de Economía.

Que la Dirección de Administración del Ministerio de Economía (DAME) indica -a foja 28- la partida presupuestaria que afrontará el presente gasto, informando además que la nueva contratación del servicio de retiro, traslado, clasificación, ordenamiento, identificación en base de datos informática, guarda, custodia y posterior administración física de la documentación perteneciente a los archivos de reparticiones dependientes del Ministerio de Economía y de la Secretaría de Estado de Hacienda se tramita mediante expediente N° 803/370-I-2018, razón por la cual podría encuadrarse lo solicitado en el marco de lo dispuesto en el Art. 59 Inc. 2) de la Ley N° 6970 de Administración Financiera.

Que a Fs. 5/27 se agregan los respectivos informes de retiros de archivos con resumen detallado de los servicios prestados a las diversas dependencias, lo que se hallan conformados por la autoridad competente.

Que Contaduría General de la Provincia efectúa -a foja 30- una serie de observaciones, las que fueron subsanadas -a Fs. 32/84- por la firma que prestó el servicio.

Que a foja 108 se agrega el respectivo informe del señor Secretario de Estado de Asistencia Técnica y Jurídica del Ministerio de Economía.

Que en consecuencia, encontrándose la respectiva factura debidamente conformada y acreditada la efectiva y eficaz prestación del servicio, corresponde reconocer el pertinente pago a favor de la mencionada empresa, por aplicación del principio del enriquecimiento sin causa, dictando para ello la correspondiente medida administrativa.

Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a foja 86, Dirección General de Presupuesto a foja 88, yen mérito al dictamen fiscal N° 1093 -adjunto a Fs. 105/106- emitido el 17 de mayo de 2019,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Apruébase el gasto que asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y...

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