DECRETO 1578 / 2020 DECRETO de 7 de Septiembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor30 de Septiembre de 2020
Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2020
Número de Boletín29827
Fecha de Publicación29 de Septiembre de 2020
Número de documento78801

DECRETO N° 1.578/3 (SH), del 07/09/2020.

EXPEDIENTE N° 896/222-B-2020

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Municipalidad de Banda del Rio Salí solicita un Aporte No Reintegrable, y

CONSIDERANDO:

Que los fondos requeridos serán destinados al pago de la 3ra cuota de las Obras de Ampliación y Remodelación en la Policlínica Banda del Río Salí y 20 cuadras de pavimento articulado en las arterias del municipio.

Que a fs. 3 el Señor Ministro de Interior toma conocimiento del trámite, sin formular observaciones al pedido.

Que resulta menester proceder de conformidad a lo gestionado, dictando la medida administrativa y asimismo autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir la respectiva orden de pago.

Por ello, atento lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 4, Dirección General de Presupuesto a fs. 5 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1578 del 4 de septiembre de 2020 adjunto a fs. 7 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE BANDA DEL RIO SALI un Aporte Financiero N° Reintegrable, por la suma de PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000.-), el que estará sujeto a las disponibilidades del Tesoro Provincial, destinados al pago de la 3ra cuota de las Obras de Ampliación y Remodelación en la Policlínica Banda del Río Salí y 20 Cuadras de Pavimento Articulado en las arterias del Municipio.
ARTÍCULO 2°...

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