Decreto 1534/2015

Fecha de disposición31 Julio 2015
Fecha de publicación12 Agosto 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33191



MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 1534/2015

Dase por prorrogada designación en el Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares.

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente del Registro del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES N° 035-1793/2014, Organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y N° 687 del 12 de mayo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° del Decreto N° 491/2002 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL —centralizada y descentralizada— en los cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que mediante el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098/2008, se aprobó el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), vigente a partir del 1° de diciembre de 2008.

Que mediante el dictado del Decreto N° 687/2014 se designó con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir del 1° de marzo de 2014, al Licenciado Fernando Gabriel CAFFERATA (D.N.I. N° 31.409.713), en el cargo Nivel A Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel III del SINEP, Gerente de Recursos Financieros del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES.

Que transcurrido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles establecido en el Decreto N° 687/2014 y no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria al proceso de selección, es necesario prorrogar por un término similar la designación transitoria del funcionario antes citado.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que los servicios permanentes de asesoramiento jurídico del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES y del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1° del Decreto N° 491/2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Dase por prorrogada a partir del 28 de noviembre de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA...

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