DECRETO 1522 / 2018 DECRETO de 15 de Mayo de 2018
Fecha de Entrada en Vigor | 24 de Mayo de 2018 |
Fecha de la disposición | 15 de Mayo de 2018 |
Número de Boletín | 29253 |
Fecha de Publicación | 23 de Mayo de 2018 |
Número de documento | 66243 |
DECRETO N° 1.522/3 (ME), del 15/05/2018.
EXPEDIENTE N° 2213/220/D/2018.-
VISTO la Ley N° 8829; y
CONSIDERANDO:
Que por el articulo 1° de la citada norma, se facultó al Poder Ejecutivo (conforme las posibilidades del erario provincial) a suscribir convenios de préstamos con las Municipalidades y Comunas Rurales de la Provincia, asi como a otorgar asistencias financieras, mediante aportes del Tesoro Provincial, para ser destinados a los fines allí mencionados.
Que ante ello, la Dirección de Relaciones Municipales acompaña -a fojas 2/4- el pertinente Modelo de Convenio Consensuado de Fondos Unificados a suscribir con los respectivos Municipios, destinado prioritariamente a la atención de obligaciones salariales, realización de obras públicas, prestación de servicios, y desarrollo de actividades culturales, deportivas y sociales durante el periodo abril/2018 a marzo/2019 inclusive.
Que el articulo 2° de la Ley 8829 establece las estipulaciones mínimas que deben contemplar dichos convenios, indicando en el inciso 3° que el desembolso de los préstamos y asistencias que se dispongan serán depositadas en cada Fondo Fiduciario Municipal o Comunal administrados por la Caja Popular de Ahorros en su carácter de agente fiduciario.
Que a su vez, mediante Ley N° 8819 se facultó a la Caja Popular de Ahorros de la Provincia a prorrogar hasta el 31/12/19, los contratos de fideicomiso celebrados con los Municipios de la Provincia, conforme las disposiciones de la Ley N° 7467.
Que las Municipalidades de la Provincia deberán suscribir ante Escribania de Gobierno la pertinente Escritura de Cesión de Derechos a favor de la Provincia, quedando el señor Ministro de Economía autorizado a suscribir las pertinentes escrituras de cesión.
Que en consecuencia, corresponde dictar la pertinente medida administrativa que disponga al respecto.
Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a foja 8, Dirección General de Presupuesto a foja 9 y en mérito al dictamen fiscal N° 1204 del 10 de mayo de 2018, obrante a fojas 12/13 de estos actuados,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
FACÚLTASE al señor...
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