Decreto 151/2022

Fecha de publicación23 Marzo 2022
SecciónDecretos
EmisorPROMOCIÓN DE LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE


Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-19407800-APN-DD#MS, la Ley N° 27.642, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable tiene por objeto garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada de la población, a través de la promoción de una alimentación saludable, brindando información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas, para promover la toma de decisiones asertivas y activas y resguardar los derechos de las consumidoras y los consumidores; advertir a consumidoras y consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz en atención a los artículos y de la Ley N° 24.240, de Defensa al Consumidor, y promover la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles”.

Que la alimentación saludable es aquella que basada en criterios de equilibrio y variedad, y de acuerdo a las pautas culturales de la población, aporta una cantidad suficiente de nutrientes esenciales y limitada en aquellos nutrientes cuya ingesta en exceso es factor de riesgo de enfermedades crónicas no transmisibles.

Que la prevención de la malnutrición implica, entre otras medidas, la advertencia sobre los excesos de nutrientes críticos como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías en alimentos envasados y bebidas analcohólicas, a partir de información clara, oportuna y veraz que resguarde los derechos de las consumidoras y los consumidores.

Que de acuerdo con la investigación realizada por el MINISTERIO DE SALUD en el informe “Evaluación del Desempeño del Etiquetado Frontal de Advertencias frente a otros modelos en Argentina” publicada en el año 2020, el etiquetado frontal con sistema gráfico de advertencias octogonal negro en los productos envasados resulta ser el más visible, comprensible, claro y eficaz para identificar nutrientes críticos en exceso, transmitir una mayor percepción de riesgo para la salud y un mejor desempeño para disminuir la intención, tanto de consumo como de compra en el territorio argentino.

Que, asimismo, el etiquetado frontal con el modelo de perfil de nutrientes de la ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS) presenta mayor acuerdo con las recomendaciones nacionales de alimentación de las “Guías Alimentarias para la Población Argentina “(GAPA), que coincide con los resultados de la investigación realizada por el MINISTERIO DE SALUD en el año 2020, del “Análisis del...

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