DECRETO 1506 / 2022 DECRETO / 2022-05-20

Fecha de publicación10 Junio 2022
Fecha20 Mayo 2022
Número de Gaceta30.243
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 1.506/3 (SH), del 20/05/2022.
EXPEDIENTE N° 913/222-F-2022 y Ag.-
VISTO el presente expediente mediante el cual la Municipalidad de Famaillá gestiona el otorgamiento de una asistencia financiera reintegrable, destinada prioritariamente al pago de haberes correspondiente a mayo de 2022 y al Sueldo Anual Complementario -1er. semestre/2022, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 8.829, y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma legal autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir convenios de préstamos con las municipalidades, así como a otorgar asistencias financieras para ser destinadas a la atención de obligaciones salariales, realización de obras públicas, prestación de servicios y desarrollo de actividades culturales, deportivas y sociales.
Que mediante Decreto N° 2.037/3(ME) del 24 de agosto de 2021, se faculta al Ministro de Economía a suscribir con las Municipalidades el Convenio Consensuado de Fondos Unificados, encontrándose suscripta la Adenda respectiva por parte del citado Municipio.
Que asimismo los fondos cuya provisión se gestionan serán transferidos a través de la Cuenta Fiduciaria de la Municipalidad de Famaillá; en consecuencia, resulta menester autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía, a emitir los correspondientes comprobantes de Anticipas de Fondos Extrapresupuestarios, según disposición Ley N° 8.825.
Que además la Contaduría General de la Provincia deberá registrar el neto resultante tanto la puesta a disposición de fondos como las devoluciones por cualquier concepto, conforme lo establece la Ley N° 8.825.
Que la Dirección de Relaciones Municipales de la Secretaría de Estado de Coordinacion con Municipios y Comunas Rurales requiere, además, se afecten los saldos remanentes de órdenes de pago de meses anteriores emitidas a favor del Municipio, al pago de haberes por el periodo establecido en la cláusula segunda del Convenio mencionado.
Por ello, atento lo informado por la Contaduría General de la Provincia a foja 4, Dirección General de Presupuesto a foja 5, el Departamento de Asesoría Letrada de la Secretaría de Estado de Hacienda a foja 6 y al Dictamen Fiscal N° 1.283 del 19 de mayo de 2022, obrante a fojas 8/9, de estos actuados,

EL VICE-GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Otórgase -por...

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