Decreto 150-2009

Fecha de la disposición24 de Febrero de 2009

DECRETO N° 0150.

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

10 FEB 2009.

V I S T O:

El Expediente N° 00320-0004199-4 del Registro del SIE relacionado con diversos aspectos vinculados con el personal de la Administración Pública Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que atento a lo normado por la ley N° 10.052 (modificada por la ley N° 12.750) con fecha 07 de enero de 2009 se reunió la Comisión Paritaria Central, celebrándose el Acta Acuerdo N° 01/2009 entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe y la Unión del Personal Civil de la Nación -Seccional Santa Fe- y ATE Consejo Directivo Provincial -Santa Fe-;

Que en concordancia con el Acta Acuerdo celebrada, procede la equiparación salarial de un grupo de agentes de planta permanente de Fiscalía de Estado, hasta tanto entre en vigencia el Presupuesto 2009 y se proceda a la correspondiente jerarquización de sus funciones;

Que el presente instrumento se encuadra en las disposiciones contenidas en el artículo 72º, inciso 1º de la Constitución Provincial,

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°

Homológase el Acta Acuerdo N° 01/2009 de la Comisión Paritaria Central, considerándose la misma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 2°

Otórgase a partir del 1º de Enero de 2009 una asignación salarial-funcional de carácter provisorio (actualizable con las futuras políticas salariales que se implementen) a los agentes detallados más abajo y por el monto que a continuación se detalla, hasta tanto entre en vigencia el Presupuesto General del año 2009:

GIANDOMENICO María Luisa $ 1.962,31

BARRILIS Daniela $ 2.306,03

PAZOS Susana Angélica $ 1.744,88

RODRIGUEZ María Encarnación $ 915,81

SUAREZ Andrea $ 931,14

ROSSI Mercedes Belquis $ 902,44

FABRIZZI Luis Juan $ 798,64

SCHLIE Alba Rosa $ 915,37

RAMIREZ Roberto Gabriel $ 1.202,63

SDRIGOTT Alicia $ 426,49

GAETE Rosa Guadalupe $ 103,29

ARTICULO 3°

La mayor carga que pudiera generar la actividad no dará derecho a la percepción de horas extras, ni de cualquier otro suplemento existente o a crearse, formulado sobre la base de una mayor jornada horaria a la que les corresponda a dichos agentes, de acuerdo a su propio nivel escalafonario.

La presente asignación será absorbida por el otorgamiento de suplementos por subrogancias.

ARTICULO 4°

El gasto que demande la aplicación del presente decreto, será atendido con...

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