DECRETO 1487 / 2020 DECRETO de 25 de Agosto de 2020

Fecha de Entrada en Vigor11 de Septiembre de 2020
Fecha de la disposición25 de Agosto de 2020
Número de Boletín29814
Fecha de Publicación10 de Septiembre de 2020
Número de documento78591

DECRETO N° 1.487/3(SH), DEL 25/08/2020

EXPEDIENTE N° 817/222-A-2020

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la municipalidad de Juan Bautista Alberdi solicita un Aporte Financiero No Reintegrable por la suma de $ 35.000.000; Y

CONSIDERANDO:

Que los fondos requeridos serán destinados a cumplimentar trabajos de pavimentación, obras de parquizados, iluminación Led y cordón cuneta en el municipio.

Que a fs. 3 el SeÑor Ministro de Interior toma conocimiento del trámite, sin formular observaciones al pedido.

Que resulta menester proceder de conformidad a lo gestionado, dictando la medida administrativa y asimismo autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir la respectiva orden de pago.

Por ello, atento lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 4, Dirección General de Presupuesto a fs. 5 Y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1474 del 25 de agosto de 2020 adjunto a fs. 7 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE JUAN B

ALBERDI un Aporte Financiero No Reintegrable, por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($35.000.000.-), el que estará sujeto a las disponibilidades del Tesoro Provincial, el cual estará destinado a pavimentación, obras de parquizados, iluminación Led y cordón cuneta en el municipio.

ARTICULO 2°

Autorizase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACiÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA a emitir la correspondiente orden de pago con imputación a la Jurisdicción 50 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 92 Apoyo a Gobiernos Municipales y Comunales, Finalidad/Función 150, Subprograma 00, Proyecto 00...

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